Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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· SITUACION DE AISLAMIENTO Situacion de un Pueblo indigena, o parte de el, que ocurre cuando este no desarrolla relaciones sociales sostenidas con los demas integrantes de la sociedad nacional o que, habiendolo hecho, ha optado por descontinuarlas. · SITUACION DE CONTACTO INICIAL Situacion de un Pueblo indigena, o parte de el, que ocurre cuando este ha comenzado un MORDAZA de interrelacion con los demas integrantes de la sociedad nacional. · RESERVAS INDIGENAS Tierras delimitadas por el Estado peruano, de intangibilidad transitoria, a favor de los pueblos indigenas en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial, y en tanto mantengan tal situacion, para proteger sus derechos, su habitat y las condiciones que aseguren su existencia e integridad como pueblos. Las Reservas Indigenas, son reconocidas a traves del Decreto Supremo de categorizacion. 1007075-1

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

DEFENSA
Declaran de interes nacional el objeto del MORDAZA de contratacion en el MORDAZA extranjero para equipar los ambientes tecnicos del Instituto Superior Tecnologico Publico de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 011-2013-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 165º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica, en funcion de los objetivos de la Politica de Defensa Nacional; Que, en el MORDAZA parrafo del articulo 76º de la Constitucion Politica del Peru, referido a la obligatoriedad de la Contratacion y Licitacion Publica, se dispone que: "la ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades"; Que, la Trigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, precisa que las contrataciones del Estado Peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1017 (Ley de Contrataciones del Estado); asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la citada ley, el procedimiento de contratacion y la ejecucion del contrato correspondiente, se regulan bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligacion de cumplir con la legislacion nacional en los actos previos a la contratacion; Que, el indicado dispositivo legal precisa ademas que mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector, se declara de interes nacional el objeto de la contratacion y se autoriza la formalizacion de los actos necesarios, para lo cual se requiere: i) estudio de mercado; ii) los informes tecnico-economicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) un informe de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que senale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratacion, salvo que se requiera concertar una operacion de endeudamiento, en cuyo caso, la misma

debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del ano respectivo; y, iv) declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), cuando corresponda; de igual modo, si la contratacion tiene como objeto la adquisicion de bienes, la entrega puede realizarse en MORDAZA primaria o en el lugar que los gobiernos contratantes convengan. Si el objeto de contratacion es un servicio este se realiza en el lugar donde las partes contratantes convengan; Que, mediante la Quincuagesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley MORDAZA citada, se autoriza el deposito de S/. 60'000,000.00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) para iniciar la ejecucion del proyecto Instituto Superior Tecnologico Publico de las Fuerzas Armadas, con codigo SNIP Nº 213212; Que, mediante la Resolucion Suprema N° 018-2013ED de 27 de MORDAZA de 2013, se crea el Instituto Superior Tecnologico Publico de las Fuerzas Armadas y autoriza su funcionamiento, a partir del primer semestre del ano 2014, en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero en el Sector Defensa se rigen por la Directiva General Nº 002-2011-MINDEF/SG/VRD, "Directiva para normar las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 193-2011-DE/SG de 4 de marzo de 2011, y sus modificatorias, asi como por el Manual Nº 001-2011-MINDEF/SG/VRD, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 767-2011/DE de 27 de MORDAZA de 2011, el cual establece los procedimientos especificos y complementarios derivados de los lineamientos generales; Que, el literal j) del numeral 6.1 de la Directiva General MORDAZA citada, establece que las contrataciones mayores o iguales a 5000 UIT seran efectuadas por el Ministerio de Defensa, el cual evaluara prioritariamente de acuerdo a la complejidad y/o envergadura de la misma, la viabilidad de su ejecucion a traves de Convenios de Cooperacion Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos; Que, el Capitulo III, numeral 3), literal a), del Manual Nº 001-2011-MINDEF/SG/VRD, establece respecto de la Contratacion por Convenio de Cooperacion Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos, que las Instituciones Armadas deberan tomar conocimiento de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno con la finalidad de acogerse a los beneficios y ventajas que generan este MORDAZA de contrataciones; Que, asimismo, el literal b) del numeral MORDAZA referido, establece que para iniciar una contratacion por Convenio de Cooperacion Internacional de Gobierno a Gobierno, esta debe estar incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de cada Institucion y contar con el Expediente de Inicio debidamente aprobado por el Titular de la misma; Que, la Direccion General de Administracion del Ministerio de Defensa ha remitido el Expediente de Inicio para la contratacion en el MORDAZA extranjero, bajo la modalidad de Convenio de Cooperacion Internacional de Gobierno a Gobierno, del proyecto con codigo SNIP Nº 213212, para adquirir y poner en funcionamiento los equipos de los laboratorios y talleres del Instituto Superior Tecnologico Publico de las Fuerzas Armadas, la cual cuenta con el respectivo financiamiento y se encuentra incluida en el PAC de la citada Unidad Ejecutora 001: Administracion General, Pliego 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al ano 2013; Que, la presente contratacion se sustenta en el correspondiente Estudio de MORDAZA y en los Informes Tecnico-Economico y presupuestal, a traves de los cuales se verifican las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado, asi como el financiamiento necesario para efectuar dicha contratacion, en observancia de lo dispuesto en la Trigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, la Oficina de Programacion de Inversiones (OPI) del Ministerio de Educacion ha otorgado la viabilidad al proyecto de inversion publica bajo analisis con el Formado Nº 03-SNIP del 12 de MORDAZA de 2013; Que, habiendose cumplido con las exigencias de la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto que declare de interes nacional la presente contratacion en el MORDAZA extranjero y permita su formalizacion bajo la modalidad de gobierno a gobierno, debiendo autorizarse

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