NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 98
El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502356 modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902. Que, los Artículos 197º, 198º y 199º de la Constitución Política del Estado establecen que los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos, con la participación de la población, y rinden cuentas de su ejecución, anualmente. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en su Capítulo IV de Participación Ciudadana, Artículo 17º numeral 17.1º y 17.2º establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Que, en el Título III, Capítulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, Artículos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, se formulan y ejecutan en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado. El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan la programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control de los presupuestos. Que, en el Título V, Capítulo IV Competencias de los Gobiernos Regionales, Artículo 35º, inciso d) es competencia del Gobierno Regional, promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidad de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, en la Ley Nº 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, en el Artículo 2º Derechos de Participación de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participación ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Artículo 3º de Derechos de Control Ciudadanos. Que, la Ley Nº 28056, Ley de Marco Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, el D.S. Nº 142-2009-EF y su modifi catoria, el D.S. Nº 131-210-EF y el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso, particularmente de aquellos representantes de la Sociedad Civil. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de La Libertad para el Año Fiscal 2014. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso y el Cronograma de actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR el Reglamento para la Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional para el Año Fiscal 2014, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Proceso, que estará integrado de la siguiente manera: a. Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside. b. Gerente del Centro Regional de Planeamiento Estratégico. c. Gerente Regional de Presupuesto. d. Subgerente de Planeamiento. e. Subgerente de Programación de la Inversión Pública. f. Dos (2) Representantes de la Sociedad Civil, integrantes del Consejo de Coordinación Regional. g. Dos (2) Representantes de la Sociedad Civil, elegidos entre los agentes participantes del Presupuesto Participativo. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional La Libertad y a la Gerencia Regional de Abastecimiento, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de junio del año dos mil trece. LUIS AGUSTÍN SOLANO ARROYO Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 19 de julio de 2013. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 982922-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2013-GR.LAMB/CR Chiclayo, 8 de agosto de 2013 El Presidente del Gobierno Regional Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 07 de agosto del 2013, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: