Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Sábado 7 de setiembre de 2013 502465 de Inversiones, mediante Ofi cio Nº 4156-2013-EF/63.01 de fecha 13 de agosto del 2013; Que, el INDECI a través del Oficio Nº 1270- 2013/INDECI/4.0 solicita la suma de DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 324,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Cusca, de la Provincia de Corongo del Departamento de Ancash, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia, denominada “Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad del camino dañado por los derrumbes, debido a la temporada de lluvias; del cruce Collota - Cushucro (en la progresiva 4+930 al 5+095); cruce Yantacon - Huarirca (en las progresivas 13+680 al 13+980, 17+720 al 18+140, 19+580 al 19+900) ocurrida el 10/03/2013 del Distrito de Cusca - Provincia de Corongo - Región Ancash”, habiéndose declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 038-2013-PCM y prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 066-2013-PCM; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 1271-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 174 720,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Pacllón de la Provincia de Bolognesi del Departamento de Ancash para la ejecución de nueve (09) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados “Rehabilitación del canal de riego PATIAC, de la localidad de Tárraga, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por huayco y deslizamiento de talud ocurrido el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación del canal de riego JATUNPARCO del Sector de Tárraga, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Región de Ancash, afectado por aluvión el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación del canal de riego HUARANGAYO de la localidad de Llamac, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación del canal de riego SANTA CRUZ de la localidad de Llamac, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación del canal de riego ACLLAN, de la localidad de Tacraragra, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de Marzo del 2013”, “Rehabilitación canal de riego PAJA de la localidad de Tacraragra, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación del canal de riego RUCMIS, de la localidad de Llamac, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por deslizamiento del talud, ocurrido el 01 de marzo del 2013”, “Rehabilitación canal de riego COMUN SEQUIA de la localidad de Llamac, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de marzo del 2013” y “Rehabilitación canal de riego CICLA de la localidad de Tacraragra, Distrito de Pacllón, Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash, dañado por aluvión, ocurrido el 01 de marzo del 2013”, los mismos que ha sido declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones, mediante Ofi cios Nºs. 4155 y 4156-2013- EF/63.01 ambos de fecha 13 de agosto del 2013; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para el efecto, recursos por un total de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 267 877,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004- 2012-EF/63.01 – Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 - Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 267 877,00) a fi n de atender una (01) Actividad de Emergencia y doce (12) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 267 877,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 267 877,00 ========= A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 267 877,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 267 877,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo