Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2013 (07/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1128, DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA LA AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objetivo La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas es un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa encargada de planificar, organizar y ejecutar el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa. Asimismo, planifica, organiza y ejecuta los procesos de contratacion a su cargo de bienes, servicios, obras y consultorias, en el MORDAZA nacional y de los procesos de contratacion de bienes, servicios y consultorias, en el MORDAZA extranjero; con el objetivo de lograr contrataciones eficientes y transparentes que fortalezcan el planeamiento estrategico de compras y permitan el cabal cumplimiento de la mision constitucional de las Instituciones Armadas y de las funciones asignadas a los organos bajo su ambito de competencia. Cuando en el presente reglamento se mencione la palabra Agencia, se entiende que se esta haciendo referencia a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Articulo 2.- Organos bajo el ambito de competencia de la Agencia La Agencia tiene competencia para planificar, organizar y ejecutar los procesos de contratacion a su cargo de los bienes, servicios, obras y consultorias, en el MORDAZA nacional y de los procesos de contratacion de bienes, servicios y consultorias, en el MORDAZA extranjero, que requieran las entidades senaladas en el articulo 3 del Decreto Legislativo N° 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas Las contrataciones en el MORDAZA nacional y en el MORDAZA extranjero estan referidas al ambito operativo, en concordancia con el articulo 3 del Decreto Legislativo N° 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Articulo 3.- Procesos de contratacion a cargo de la Agencia La Agencia tiene a su cargo la ejecucion de los procesos de contratacion de los bienes, servicios, obras y consultorias en el MORDAZA nacional, requeridos por los organos bajo su ambito de competencia que, por sus montos, se convoquen mediante procesos de seleccion de licitacion publica, concurso publico y adjudicacion directa publica. Asimismo, tiene a su cargo la ejecucion de los procesos de contratacion de los bienes, servicios y consultorias en el MORDAZA extranjero requeridos por los organos bajo su ambito de competencia y siempre que estos esten vinculados a la Defensa y Seguridad Nacional. La Agencia puede ejecutar, mediante la celebracion de los convenios respectivos y cuando el objeto de la contratacion este vinculado a la Defensa, Orden Interno y Seguridad Nacional, los procesos de seleccion por encargo tanto en el MORDAZA nacional como en el MORDAZA extranjero, asi como compras corporativas, para la Direccion Nacional de Inteligencia, las entidades adscritas al sector Interior o para otras entidades publicas del Estado, segun corresponda. La Agencia, de considerarlo conveniente, puede autorizar mediante la emision de la resolucion jefatural respectiva, que los organos bajo su ambito de competencia, ejecuten los procesos de contratacion de los bienes, servicios, obras y consultorias a su cargo que, por sus montos, se convoquen mediante procesos de seleccion de adjudicacion directa publica. Por la naturaleza del objeto de la contratacion, la Agencia puede autorizar, mediante la emision de la resolucion jefatural respectiva, que los organos bajo su ambito de competencia, ejecuten los procesos de contratacion de los bienes, servicios y consultorias a su cargo en el MORDAZA extranjero para lo cual deben seguir los procedimientos establecidos en el presente reglamento y directivas que emita la Agencia para tal efecto.

El Peruano Sabado 7 de setiembre de 2013

Las autorizaciones a los organos bajo competencia de la Agencia se sustentan en criterios economicos y por su impacto en la mejora del funcionamiento de la Agencia, los mismos que deben estar contenidos en el Informe Tecnico que respalda la resolucion jefatural respectiva. Articulo 4.- Regimen juridico de los procesos de contratacion Los procesos de contratacion de bienes, servicios, obras y consultorias en el MORDAZA nacional a cargo de la Agencia se rigen por la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modificatorias, en lo que no resulte contrario a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, y en el presente reglamento. Asimismo, los procesos de contratacion de bienes, servicios, obras y consultorias en el MORDAZA nacional a cargo de la Agencia se regulan por las Directivas, Manuales, o disposiciones normativas que para tal efecto dicte la Agencia. Los procesos de contratacion en el MORDAZA extranjero a cargo de la Agencia, se rigen por las normas establecidas en el presente reglamento, por las directivas, manuales, y/o disposiciones normativas que para tal efecto emita la Agencia, asi como por las disposiciones establecidas en los instrumentos internacionales suscritos por el Estado peruano, los acuerdos de la Organizacion Mundial de Comercio y las practicas de comercio internacional. TITULO II ORGANIZACION DE LA AGENCIA Articulo 5.- Estructura Organica y funciones La estructura organica y funciones de la Agencia, de sus organos y unidades organicas que correspondan, se regulan en su Reglamento de Organizacion y Funciones, y en sus documentos de gestion complementarios respectivos. Articulo 6.- Requisitos e impedimentos Para ser designado Jefe de la Agencia se requiere: a) Contar con reconocida solvencia economica y moral, asi como idoneidad profesional. Este requisito se acredita demostrando no menos de siete (07) anos de experiencia en un cargo de Gerencia o Direccion. b) Contar con grado academico en Derecho, Economia, Administracion, Ingenieria, Ciencias o carreras afines. c) Contar con grado de maestria o doctorado, y con cursos de especializacion o posgrado en materias afines. d) No haber sido inhabilitado para contratar con el Estado. e) No tener participacion en personas juridicas que contraten con el Estado. f) No estar inmerso en causal de impedimento para el ejercicio de la funcion publica. g) No haber sido condenado por delito doloso. h) Ser peruano de nacimiento. TITULO III DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION CAPITULO I RESERVA Y TRANSPARENCIA DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION Articulo 7.- Grado de confidencialidad y reserva de los procesos de contratacion Las contrataciones a cargo de la Agencia, tanto en el MORDAZA nacional como en el MORDAZA extranjero, deben efectuarse tomando en cuenta la clasificacion de seguridad establecida por el Ministerio de Defensa, conforme a ley sobre la materia, aplicando los mecanismos que garanticen la confidencialidad y reserva. Articulo 8.- Transparencia y control en los procesos de contratacion Los procesos, recursos e informacion a cargo de la Agencia, estan sujetos a las disposiciones sobre transparencia y acceso a la informacion publica,

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