Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2013 (07/09/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

502456
Institucional (OCI), durante la MORDAZA de propuestas y en el acto de otorgamiento de la Buena Pro. No puede iniciarse el acto publico sin la presencia del notario publico y del representante del Organo de Control Institucional (OCI). Articulo 51.- Plazos del MORDAZA de seleccion El MORDAZA de seleccion observa los plazos siguientes: a) Los procesos de seleccion en el MORDAZA extranjero no deben exceder de treinta (30) dias habiles contados desde el dia siguiente de la invitacion (es) a los proveedores hasta el otorgamiento de la buena pro. De requerirse un plazo mayor, el Comite Especial debe fundamentar tal decision quedando registrado en acta. b) El plazo MORDAZA para la MORDAZA de consultas es de quince (15) dias habiles contados desde el dia siguiente de la invitacion (es) a los proveedores, debiendo el Comite Especial absolver las mismas en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles. c) Entre la integracion de las Bases y la MORDAZA de propuestas no puede mediar menos de cinco (5) dias habiles. Articulo 52.- Requerimientos operacionales de urgencia Cuando se presenten solicitudes de contratacion de un bien, servicio o consultoria por requerimientos operacionales de urgencia en resguardo de la defensa y la seguridad nacional, que no pudieron ser previstos por la entidad bajo competencia de la Agencia, y donde los plazos del MORDAZA regular exceden los tiempos requeridos para la atencion oportuna de dicha urgencia, la Agencia puede exonerarse de la realizacion del MORDAZA de seleccion correspondiente. Esta exoneracion debe ser aprobada a traves de resolucion jefatural de la Agencia, la que debe contar con un Informe Tecnico y un Informe Legal que sustente la necesidad de la contratacion directa. La documentacion correspondiente a estas contrataciones es remitida mensualmente a la Contraloria General de la Republica. Articulo 53.- Procesos de seleccion declarados desiertos El MORDAZA de seleccion es declarado desierto cuando no quede ninguna propuesta valida. Cuando un MORDAZA de seleccion es declarado desierto total o parcialmente, el Comite Especial debe emitir informe al Director de Procesos de Compra en el que justifique y evalue las causas que no permitieron la conclusion del MORDAZA, debiendose adoptar las medidas correctivas MORDAZA de realizar el siguiente MORDAZA de seleccion, el mismo que puede desarrollarse en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles y contar con la participacion de al menos dos (2) proveedores. Las etapas, plazos y condiciones de este MORDAZA de seleccion se determinan mediante Directiva. En caso de declararse nuevamente desierto el MORDAZA de seleccion, la contratacion puede realizarse de manera directa. Articulo 54.- Nulidad y cancelacion de los procesos de seleccion El Jefe de la Agencia, en los procesos de contratacion a su cargo, declara nulos los actos expedidos durante el MORDAZA de seleccion, solo hasta MORDAZA de la suscripcion del contrato, cuando aquellos hayan sido dictados por una Direccion que no tenga competencia, contengan un imposible juridico o prescindan de la normatividad aplicable. En cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, el Jefe de la Agencia puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, bajo su exclusiva responsabilidad, mediante resolucion jefatural debidamente sustentada. CAPITULO IX PROCESOS DE SELECCION POR ENCARGO Articulo 55.- Procesos de seleccion por encargo Los procesos de seleccion por encargo que ejecute la Agencia, se regulan por la normatividad interna que

El Peruano Sabado 7 de setiembre de 2013

emita la Agencia; o en su defecto, por los acuerdos de la Organizacion Mundial de Comercio y las practicas de comercio internacional vigentes a la firma del contrato. La Agencia, si asi lo establece el convenio a celebrarse, esta a cargo de la realizacion de los actos previos al MORDAZA de seleccion y de las negociaciones para la suscripcion del contrato en las contrataciones de Gobierno a Gobierno. Articulo 56.- Inicio del MORDAZA de seleccion por encargo Para el inicio del MORDAZA de seleccion por encargo, la Agencia solicita a las entidades encargantes el detalle de sus requerimientos a efectos de proceder con la estandarizacion correspondiente, el mismo que esta a cargo de la Direccion de Catalogacion. Articulo 57.- Comunicacion de resultados del MORDAZA y suscripcion de contrato Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, la Agencia comunica a la entidad encargante, los resultados del MORDAZA en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles, debiendo remitir el Expediente de Contratacion para la suscripcion del contrato respectivo con el postor o postores seleccionados. En los procesos de seleccion por encargo, la entidad encargante no puede exceder de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de recibida la comunicacion del resultado del MORDAZA, para la suscripcion del contrato con el postor o postores seleccionados. CAPITULO X RECURSOS DE APELACION EN PROCESOS DE SELECCION Articulo 58.- Recurso de apelacion La empresa postora o su representante puede, mediante recurso de apelacion, impugnar los actos dictados por el Comite Especial durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde las invitaciones a los proveedores hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato; siendo inimpugnables los actos preparatorios destinados a organizar la realizacion del MORDAZA, las bases del MORDAZA y/o su integracion, las actuaciones materiales relativas a la programacion de los procesos y las referidas a la inscripcion de participantes. La interposicion del recurso de apelacion suspende la tramitacion del respectivo MORDAZA de seleccion. Articulo 59.- Plazos de la interposicion del recurso de apelacion El recurso de apelacion contra los actos administrativos derivados de los procesos de seleccion convocados para contrataciones en el MORDAZA extranjero, referidos en el articulo precedente, debe interponerse dentro de los ocho (8) dias habiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. Para los actos efectuados despues de la Buena Pro y MORDAZA de la celebracion del contrato, el recurso debe interponerse dentro de los ocho (8) dias habiles de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar. Articulo 60.- Garantia por interposicion de recurso de apelacion Los postores que presenten recursos de apelacion contra los actos administrativos que se deriven de los procesos de seleccion convocados por la Agencia o por los organos bajo su ambito de competencia, deben otorgar a favor de la Agencia, una garantia equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del MORDAZA de seleccion impugnado. En los procesos de seleccion segun relacion de items, etapas, tramos, lotes y paquetes el monto de la garantia es equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del respectivo item, etapa, tramo, lote o paquete. En ningun caso, la garantia es menor al cincuenta por ciento (50%) de la UIT vigente. La garantia es incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacion automatica en el MORDAZA al solo requerimiento de la Agencia, bajo responsabilidad de las empresas que las emiten, las mismas que deben estar dentro del ambito de supervision de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y contar con autorizacion para emitir garantias; o estar consideradas en la MORDAZA lista de bancos extranjeros de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.