NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 79
El Peruano Sábado 21 de setiembre de 2013 503373 VISTAS: Las comunicaciones cursadas por el Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de España, a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para que un grupo de funcionarios realice una pasantía en dichas instituciones, la cual se llevará a cabo del 23 al 27 de setiembre de 2013, en la ciudad de Madrid, Reino de España; CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Interinstitucional suscrito entre la Confederación Suiza, representada por la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de la Confederación Suiza (SECO), la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) relativo al “Programa de Fortalecimiento Institucional Master Plan SBS” comprende entre sus actividades una pasantía en el Banco de España, como parte del Programa de Capacitación y Difusión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), a realizarse en el marco del Pilar I, Centro de Formación SBS, cuyo objetivo será el de conocer la experiencia en esta materia en entidades regulatorias españolas; Que, durante la citada pasantía se profundizarán temas relacionados a instrumentos fi nancieros, evaluación del deterioro de créditos, consolidación y combinación de negocios, revelaciones, Basilea y NIIF, reconocimiento y valuación de instrumentos fi nancieros y primas, reservas técnicas y NIIF 4 “Contratos de Seguro” y aplicación de la NIC 26 “Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Benefi cio por Retiro”; asimismo, se sostendrán diversas reuniones para conocer la experiencia en la implementación y la aplicación de las NIIF; Que, en tanto los temas que se desarrollarán en las mencionadas visitas redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señora Maria Luz Rios Diestro, Coordinador Ejecutivo de Regulación Contable y de Auditoría de los Sistemas Supervisados, al señor José Luis Fernández Wendell, Analista Principal de Regulación I, y al señor Wilber Pineda Yaros, Analista de Regulación III, del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para participar en la visita antes indicada; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en la referida pasantía, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al aporte del Acuerdo Interinstitucional suscrito entre SECO, APCI y SBS, en tanto que los gastos por concepto de impuestos y gastos de los pasajes aéreos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 5372- 2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Maria Luz Rios Diestro, Coordinador Ejecutivo de Regulación Contable y de Auditoría de los Sistemas Supervisados, del señor José Luis Fernández Wendell, Analista Principal de Regulación I, y del señor Wilber Pineda Yaros, Analista de Regulación III, del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 21 al 28 de setiembre de 2013, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al aporte del Acuerdo Interinstitucional suscrito entre SECO, APCI y SBS, en tanto que los gastos por concepto de impuestos y gastos de los pasajes aéreos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (impuestos y gastos) US$ 1 926,03 Viáticos US$ 6 132,78 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 991100-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Autorizan a “SJ GAS” S.A.C. como taller de conversión a gas licuado de petróleo en local ubicado en el departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 425-2013-GORE-ICA/DRTC 6 de agosto de 2013 VISTO: El Expediente de Registro Nº. 3270-2013 organizado por el Gerente General de “SJ GAS” S.A.C.. ; sobre autorización para operar como taller de conversión a gas Licuado de Petróleo –GLP, Informe Nº 534-2013-DRTC- ICA/DCT-dt. y Memorando Nº 480-2013-DRTC-DCV elaborados por la División de Transportes y la Dirección de Circulación Vial - Ica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 14540-2007- MTC establece que “Para acceder a una autorizacion como Taller de Conversión a GLP, el representante legal de la solicitante deberá presentar una solicitud a la DGTT, tratándose de la Regiones de Lima Metropolitana , Callao y Lima Provincias o a las Direcciones Regionales