Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2013 (21/09/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

503362
Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, generandose asi el Expediente Nº J-2013-75. Posteriormente, en fecha 16 de MORDAZA de 2013, se informo al MORDAZA Nacional de Elecciones, por medio del Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 003-2013MPCVZ, de fecha 22 de MORDAZA de 2013, que se aprobo con seis votos a favor, la vacancia, en sede municipal, del cargo de MORDAZA provincial de Contralmirante MORDAZA, MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la LOM. En virtud de ello, el dia 30 de MORDAZA de 2013 se comunico al MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Oficio Nº 011-2013-SG-MPCVZ, la Resolucion de Alcaldia Nº 168-2013-MPCVZ, que declara firme y consentido el acuerdo de concejo aprobado en la sesion extraordinaria del 22 de MORDAZA, a traves del cual se declaro la vacancia del cargo de MORDAZA de la provincia de Contralmirante MORDAZA, que ocupo, en situacion de inhabilitado, MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza. CONSIDERANDOS 1. El MORDAZA de vacancia tiene por finalidad apartar al MORDAZA o regidor, de manera definitiva, del cargo publico para el que fue MORDAZA en un MORDAZA electoral, por haber incurrido en alguna de las causales senaladas en el articulo 22 de la LOM. Asi, se advierte, de la revision del articulo MORDAZA citado que en el numeral 6 se establece como causal de vacancia la existencia de una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, en contra del MORDAZA o regidor. 2. De autos se aprecia que, en fecha 19 de octubre de 2012, la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de la Republica confirmo la sentencia, de fecha 27 de MORDAZA de 2012, que condeno a MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza como autor del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de peculado, en agravio del Estado, Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, imponiendosele la pena privativa de MORDAZA de cuatro anos, suspendida en su ejecucion por el periodo de prueba de tres anos, bajo el cumplimiento de reglas de conducta e inhabilitacion por el plazo de tres anos. En ese sentido, en el presente caso al encontrarse incurso en la causal contenida en el numeral 6, del articulo 22 de la LOM, al haber una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, resulta procedente la vacancia del MORDAZA provincial de Contralmirante Villar. 3. Si bien el concejo municipal habria incurrido en ciertos defectos formales en la tramitacion del presente expediente, sin embargo, este Supremo Tribunal Electoral no puede desconocer la existencia de una sentencia condenatoria por un delito doloso. Al respecto, es preciso recordar que la regulacion procedimental de la vacancia de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Atendiendo a ello, resultaria inoficioso que se declare la nulidad de un acuerdo de concejo, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a verificar la existencia de una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. Por tales motivos, tomando en consideracion que el acapite 14.2.3, numeral 14.2 del articulo 14 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, como aquellos cuya realizacion correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final en aspectos importantes, y en aras de optimizar los principios de economia y celeridad procesales, este organo colegiado considera que debe disponerse la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza.

El Peruano Sabado 21 de setiembre de 2013

4. De lo expuesto, corresponde declarar la vacancia del MORDAZA titular provincial de Contralmirante MORDAZA al existir una condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. En ese sentido, de acuerdo al articulo 24 de la LOM, al burgomaestre lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, debiendose acreditar, por tanto, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 00321504, para que asuma definitivamente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar. Al respecto, para completar el numero de regidores, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde acreditar como regidora a MORDAZA MORDAZA Lama MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 00325042, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Contralmirante Villar. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-MPCVZ, de fecha 22 de MORDAZA de 2013, que declaro aprobar la vacancia de MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, definitivamente, la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA De Lama Plaza como MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 00321504, para que asuma definitivamente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, para lo cual se le otorgara la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Lama MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 00325042, para que asuma definitivamente el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, para lo cual se le otorgara la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 990896-1

Establecen precisiones y aprueban cronograma para la realizacion de las Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el MORDAZA 16 de marzo de 2014
RESOLUCION Nº 882-2013-JNE MORDAZA, veinte de setiembre de dos mil trece VISTO el Decreto Supremo Nº 108-2013-PCM, de fecha 19 de setiembre de 2013.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.