NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (29/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 21
El Peruano Domingo 29 de setiembre de 2013 503875 de Desarrollo y Modernización Institucional y en coordinación con la Autoridad Portuaria Regional de La Libertad, proceda a actualizar el presente documento cuando las circunstancias lo ameriten o las normas lo dispongan. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional de La Libertad, la publicación de la presente norma regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario de mayor circulación de la Región, en el Portal Electrónico de la Sede Regional y en los Portales Electrónicos de cada una de las referidas Gerencias Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los seis días del mes de agosto del año dos mil trece. LUIS AGUSTÍN SOLANO ARROYO Presidente AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil trece. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 990859-43 Aprueban texto sustitutorio de la Ordenanza Regional Nº 004-2010-GR- LL/CR “Normas Complementarias al Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT” ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2013-GR-LL/CR “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO SUSTITORIO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2010-GR-LL/CR NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTE - RNAT” EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 2 de julio de 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Transportes y Comunicaciones del Consejo Regional La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el Texto Sustitutorio de la Ordenanza Regional Nº 004-2010-GR-LL/CR Normas Complementarias al Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT; y, CONSIDERANDO: Que, acorde a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, estos son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el artículo 38º de la Ley antes glosada establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración de Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.(…)”, y en el inciso a) del artículo 56º señala como función del Gobierno Regional en materia de transportes, el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de transporte de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales, y en su inciso g) el autorizar, supervisar, fi scalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional. Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transportes y Tránsito Terrestre, en su artículo 3º establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como, la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017- 2009-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, en adelante RNAT, vigente a partir del 1º de julio del 2009, con la fi nalidad de regular la prestación del servicio de transporte público y privado de personas, mercancías y mixto en los ámbito nacional, regional y provincial, estableciendo, entre otros, las condiciones de acceso y permanencia de carácter técnico, legal y operacional que deben cumplir los operadores prestadores del servicio; y en su artículo 10º estipula que los Gobiernos Regionales, en materia de transporte terrestre, se encuentran facultados para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdicción sin desconocer, exceder o desnaturalizar lo previsto en las disposiciones nacionales en materia de transporte, razón por la cual se emitió la Ordenanza Regional Nº 004- 2010-GR-LL/CR, que incorporó para su aplicación en el ámbito regional de La Libertad, normas complementarias a lo establecido en el mencionado Reglamento, que es necesario actualizar para su correcta aplicación, al haberse emitido en forma continua diversos dispositivos legales que modifi can y adicionan normas al RNAT, como son: el Decreto Supremo Nº 023-2009-MTC, D.S. Nº 017- 2008-MTC, D.S. Nº 006-2010-MTC, D.S. Nº 033-2011- MTC y 003-2012-MTC, para lo cual se presenta el Texto Sustitutorio de la referida Ordenanza Regional. Que, para tal efecto con fecha 26 de octubre de 2012, se conformó la Mesa de Trabajo para tratar los aspectos que deben ser objeto de actualización y/o modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 004-2010-GR-/CR, al haber sido dictados por el Ejecutivo Nacional dispositivos complementarios a los existentes, la que estuvo integrada por la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Consejo Regional, Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Instituto de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual - INDECOPI, Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Consorcio de Empresas de Transportes Interprovincial de Pasajeros de La Libertad y Transportistas representantes de la sierra, con la fi nalidad de realizar un trabajo coordinado y consensuado para atender la problemática que se presenta en la prestación del servicio interprovincial de pasajeros en la Región La Libertad. Que, mediante Ofi cio Nº 033-2013-GR-LL-CR/CASC de fecha 1 de febrero del 2013, el consejero regional, por la provincia de Sánchez Carrión, Carlos Alberto Sandoval de la Cruz, presentó proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el Texto Sustitutorio de la Ordenanza Regional Nº 004-2010-GR-LL/CR “Normas Complementarias al Reglamento Nacional de Administración de Transporte – RNAT”. Que, mediante Ofi cio Nº 193-2013-GR-LL-GRTC, la Gerencia de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad, remite el Informe Nº 097-2013-GRLL-GGR-GRTC-SGTT-ASTT, suscrito por el licenciado Luis Mendoza Yacarini, el mismo que concluye opinando favorablemente para la aprobación