Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2013 (30/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 30 de setiembre de 2013

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un periodo de tres anos pudiendo ser renovada su designacion por un periodo adicional; Que, se encuentra vacante el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, siendo necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 4) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el articulo 11º de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 994558-5

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 994353-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Superintendente de Superintendencia Nacional Fiscalizacion Laboral - SUNAFIL
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2013-TR MORDAZA, 29 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, como organismo tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento juridico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo; Que, la referida Ley establece dentro de su estructura organica al Superintendente, quien es la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad y titular del pliego presupuestal, quien es designado mediante resolucion suprema por

la de

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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