Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2014 (03/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Articulo 4º.- El Oficial Superior designado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1069947-5

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

Autorizan viaje de personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 139-2014-DE/ MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 Visto, el Oficio P.1000-0735 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 18 de marzo de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitacion a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para que Personal MORDAZA participe en el Curso de Combate Fluvial Internacional, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial de Puerto Leguizamo, Republica de Colombia, del 4 de MORDAZA al 7 de junio de 2014; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje de UN (1) Oficial Subalterno y UN (1) Oficial de Mar, calificados en Infanteria de MORDAZA, para que participen en el mencionado curso; Que, la designacion de Personal MORDAZA para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al personal en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de formar caracter y liderazgo, adquirir conocimientos y experiencias en el manejo adiestrado y competente de las politicas actuales en el ambito fluvial, dentro del MORDAZA de los compromisos bilaterales de cooperacion reciproca asumido por nuestro pais; asi como, fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua con Instituciones Armadas de otros paises, elevando el nivel profesional de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ranfort BALAGUER MORDAZA y del Oficial de Mar 3º Ima. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en el Curso de Combate Fluvial Internacional, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial de Puerto Leguizamo, Republica de Colombia, del 4 de MORDAZA al 7 de junio de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone

que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ranfort BALAGUER MORDAZA, CIP. 00093294, DNI. 44381350 y del Oficial de Mar 3º Ima. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01107070, DNI. 46889468, para que participen en el Curso de Combate Fluvial Internacional, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial de Puerto Leguizamo, Republica de Colombia, del 4 de MORDAZA al 7 de junio de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Bogota (Republica de Colombia) - MORDAZA US$ 656.67 x 2 personas (Ida y retorno) US$ 1,313.34 Bogota - Puerto Leguizamo - Bogota (Republica de Colombia) US$ 250.00 x 2 personas (Ida y retorno) US$ 500.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,400.00 / 30 x 27 dias (abril 2014) US$ 2,160.00 US$ 2,400.00 x 1 mes (mayo 2014) US$ 2,400.00 US$ 2,400.00 / 30 x 7 dias (junio 2014) US$ 560.00 US$ 2,200.00 / 30 x 27 dias (abril 2014) US$ 1,980.00 US$ 2,200.00 x 1 mes (mayo 2014) US$ 2,200.00 US$ 2,200.00 / 30 x 7 dias (junio 2014) US$ 513.33 --------------------TOTAL A PAGAR: US$ 11,626.67 Articulo 3°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensacion Extraordinaria Mensual durante el periodo de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento del presente viaje en Comision de Servicio en el Exterior, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de

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