Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2014 (03/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

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al Informe Nº 002-2014-MTPE/3/19.2/CKLJ, del cual se advierte que el perfil propuesto y exhibido cumple con el contenido minimo establecido en el anexo de la Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, por lo que contiene el sustento tecnico que justifica la necesidad de normalizar dicha ocupacion, asi como al control de calidad efectuado segun Informe N° 002-2014-MTPE/3/19.2/MAAA, el mismo que desarrolla observaciones en cuanto a la denominacion del perfil inicialmente presentado, siendo modificado por la denominacion Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal ­ elaboracion de productos con metales preciosos; Que, el Perfil Ocupacional propuesto y modificado en cuanto a la denominacion, cumple con presentar el contenido minimo requerido, de conformidad a lo regulado en la Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR (numeral MORDAZA del Anexo), como son: el sector y subsector economico, denominacion de la ocupacion, codigo de la ocupacion, nivel de competencia laboral, competencias basicas, genericas y especificas, contexto de desempeno laboral y periodo de vigencia; por lo que es un Perfil Ocupacional basado en competencias laborales que agrupa las unidades y elementos de competencia laboral que contienen los criterios y evidencias de desempeno (producto y conocimientos) que componen una ocupacion, respondiendo a una logica de linea de MORDAZA mas que a puestos o cargos aislados, teniendo de este modo un valor agregado para el ambito de la formacion profesional, capacitacion y gestion de recursos humanos en empresas, ademas, de la posibilidad de ser usados en la evaluacion y certificacion de competencias laborales; Que, asimismo, respecto a los instrumentos de evaluacion del Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal - Elaboracion de productos con metales preciosos, revisados estos, se advierte que contiene informacion de acuerdo a los estandares de calidad exigidos en el referido Perfil Ocupacional, recogiendo la informacion necesaria sobre el desempeno del trabajador, para ser aplicados en los procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales respectivos, asimismo, se aprecia que dichos instrumentos pueden ser aplicados tanto en situacion real como en situacion simulada de trabajo; por lo que, corresponde aprobar los mencionados instrumentos, conforme al sustento desarrollado en el Informe N° 0022014-MTPE/3/19.2/CKLJ, y control de calidad efectuado segun Informe N° 004-2014-MTPE/3/19.2/MAAA; Que, debe tenerse en cuenta que, para efectos de garantizar la objetividad y transparencia en las evaluaciones de competencias laborales y con la finalidad de no hacer publicos los instrumentos de evaluacion por la utilizacion de estos en diferentes evaluaciones por distintos Centros de Certificacion, deben tener el caracter de reservado; quedando dichos instrumentos a disposicion de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales para que de acuerdo a su competencia disponga de ellos cuando el o los casos lo ameriten; Que, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral en el ejercicio de las funciones especificas asignadas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion. Aprobar el Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal Elaboracion de productos con metales preciosos, propuesto de acuerdo a lo senalado en la parte considerativa de la presente resolucion.

Aprueban el Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal - Elaboracion de productos con metales preciosos
RESOLUCION DIRECTORAL N° 06-2014-MTPE/3/19 MORDAZA, 28 de febrero de 2014. VISTOS: El Oficio N° 153-2014-MTPE/3/19.2 de fecha 25 de febrero de 2014 expedido por la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe Nº 002-2014-MTPE/3/19.2/CKLJ de fecha 21 de enero de 2014, el Informe N° 002-2014MTPE/3/19.2/MAAA de fecha 07 de febrero de 2014 y el Informe N° 004-2014-MTPE/3/19.2/MAAA de fecha 8 de febrero de 2014, expedidos por Especialistas de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales; y Oficio N° 012-2014-MINCETUR/VMT/DNA de fecha 07 de enero de 2014, derivado por la Direccion Nacional de Artesania del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en relacion al Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal - Elaboracion de productos con metales preciosos, asi como los instrumentos del indicado perfil; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se establece como una de las areas programaticas del sector, la de normalizacion y certificacion de competencias laborales1, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional2, asi como funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales3; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas4 y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial5, en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, de acuerdo al citado Decreto Supremo, constituye funcion especifica de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboracion de perfiles ocupacionales en base a competencias laborales6; los que, ademas, se vinculan con la elaboracion de instrumentos de evaluacion que contengan los criterios de desempeno y conocimientos exigidos en el perfil ocupacional, constituyendose asi los instrumentos de evaluacion en las herramientas tecnicas necesarias para el MORDAZA de evaluacion de competencias laborales, a fin de medir y evaluar de manera objetiva la competencia laboral de una persona en un determinado contexto, sea real o simulado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0262010-TR, son aprobados los Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la competencia tiene su fuente en la Constitucion y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquia. Su ejercicio es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia7, constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por organo facultado en razon de la materia8; Que, la Direccion Nacional de Artesania del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR presenta el proyecto del Perfil Ocupacional Joyeria Artesanal, siendo derivado este, a los especialistas de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales para su revision y analisis correspondiente, dando origen

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Literal h) del Articulo 4°. Numeral 5.1. del Articulo 5°. Literal a), numeral 3.1., articulo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR. Articulo 71° Literal "c" del articulo 72° Literal "b" del articulo 75° numeral 65.1. de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General numeral 1, articulo 3°, Ley N° 27444

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