Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2014 (03/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Articulo 2°.- Incorporacion y vigencia. Incorporar el Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal - Elaboracion de productos con metales preciosos al Catalogo Nacional de Perfiles Ocupacionales, el mismo que tendra una vigencia de tres (03) anos a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3°.- Aprobacion de los instrumentos de evaluacion. Aprobar los instrumentos de evaluacion de las unidades de competencias 1 y 2 correspondientes al Perfil Ocupacional de Joyeria Artesanal - Elaboracion de productos con metales preciosos, consistentes en pruebas de conocimiento (escritas) y pruebas de desempeno, de aplicacion en situacion real y simulada de trabajo. Articulo 4°.- Disposicion de aplicacion y custodia de los instrumentos de evaluacion. Disponer que los instrumentos de evaluacion aprobados, MORDAZA aplicados de manera reservada y cautelosa por los Centros de Certificacion de Competencias Laborales autorizados, asi como que dichos instrumentos se encuentren a cargo de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, dependencia facultada para facilitarlos a los Centros de Certificacion de Competencias Laborales cuando lo soliciten para el desarrollo de procesos de evaluacion que ejecuten. Articulo 5°.- Propuestas de instrumentos de evaluacion de los Centros de Certificacion de Competencias Laborales. Los Centros de Certificacion de Competencias Laborales pueden elaborar y proponer instrumentos de evaluacion; sin embargo, su aplicacion se encuentra sujeta a validacion y aprobacion por parte de las instancias competentes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 6°.- Publicacion. Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA web institucional (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionaran el Mapa Funcional, Perfil Ocupacional y Anexo de puestos vinculados a sus unidades de competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Formacion Profesional y Capacitacion laboral 1069588-2

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para participar en la Reunion del Grupo ad hoc sobre "Medio Ambiente" de la CLAC, el dia 07 de MORDAZA de 2014, y en la Trigesima MORDAZA Reunion del Grupo de Expertos en Asuntos Politicos, Economicos y Juridicos del Transporte Aereo (GEPEJTA/32), del 08 al 10 de MORDAZA de 2014, las cuales se realizaran en la MORDAZA de La Habana, Republica de Cuba; Que, la Reunion del Grupo ad hoc sobre "Medio Ambiente" de la CLAC, tiene entre sus objetivos aportar desde nuestra realidad con medidas que puedan mitigar el impacto medio ambiental que genera la actividad de aviacion civil, asi como compartir experiencias exitosas de los paises y establecer acuerdos regionales en materia aeronautica para el desarrollo sostenible de la aviacion en MORDAZA con la conservacion del medio ambiente; Que, la Trigesima MORDAZA Reunion del Grupo de Expertos en Asuntos Politicos, Economicos y Juridicos del Transporte Aereo (GEPEJTA/32), tiene entre sus objetivos: i) informar sobre los logros obtenidos en la 38° Asamblea de la OACI (reunion trianual), ii) tratar la macrotarea de Gestion Aeroportuaria y iii) comunicar acerca de lo tratado en la reunion para la enmienda del Protocolo de Tokio; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. No. 006-03-2014, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, la Ley No. 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de La Habana, Republica de MORDAZA, del 06 al 11 de MORDAZA de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. No. 006-03-2014 y al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas, incluido el TUUA) Viaticos (para dos personas) US$ 2,808.80 US$ 4,300.00

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2014-MTC MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El documento CLAC 1.5.3.32/076 de fecha 27 de febrero de 2014 emitido por la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil (CLAC), el Memorandum No. 408-2014MTC/02.AL.AAH del Viceministerio de Transportes, y el Informe No. 122-2014-MTC/12 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento CLAC 1.5.3.32/076 de fecha 27 de febrero de 2014 emitido por la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil (CLAC), cursa invitacion

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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