TEXTO PAGINA: 19
El Peruano Jueves 3 de abril de 2014 520221 respecto del pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, señalando que procede designar a la profesional propuesta, toda vez que el cargo de Supervisor/a II de la Dirección de Saneamiento Básico, Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del Médico Cirujano Edgar Jesús Miraval Rojas, al cargo de Supervisor II, Nivel F-3, de la Dirección de Saneamiento Básico, Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Médico Cirujano Sandy Sarita Altamirano Cáceres, en el cargo de Supervisora II, Nivel F-3, de la Dirección de Saneamiento Básico, Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese, MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1069284-2 Aprueban el Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País, período 2014 – 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2014/MINSA Lima, 31 de marzo del 2014 Visto, el Expediente N° 14-004623-001, que contiene el Ofi cio N° 001-2014-CSDCIA/MINSA, de la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País; CONSIDERANDO: Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, refi ere que es responsabilidad del Estado vigilar, cautelar y atender los problemas de desnutrición y de salud mental de la población, y los de salud ambiental, así como los problemas de salud de la persona con discapacidad, del niño, del adolescente, de la madre y del adulto mayor en situación de abandono social; Que, el literal a) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como una de las funciones rectoras del Ministerio de Salud el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el sub numeral 6.2 del numeral 6, del artículo 2° de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, aprobada por Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, en materia de inclusión, establece como Política Nacional el desarrollar programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades crónicas y mejorar la nutrición de los menores de edad; Que, la desnutrición infantil en nuestro país todavía sigue siendo uno de los principales problemas de salud infantil, lo cual es producto de múltiples factores, relacionados directamente con la ingesta de alimentos y la salud del niño, como son la incidencia de bajo peso al nacer, la elevada morbilidad por enfermedades infecciosas, la defi ciencia de consumo de micronutrientes, así como las condiciones físicas y sociales del ambiente, educación, acceso a información, estado de salud de la madre, ingreso familiar, condiciones de trabajo, entre otros determinantes sociales, donde el sector salud tiene un rol relevante; Que, en este contexto mediante Resolución Ministerial N° 675-2013/MINSA, se creó la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar un Plan Nacional que contenga las acciones destinadas a promover la reducción de la desnutrición crónica infantil y la prevención de la anemia en el país; Que, la propuesta de Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País, período 2014 – 2016, tiene como objetivo contribuir con la reducción de la desnutrición crónica infantil al 10% y la anemia en menores de 3 años al 20%, al año 2016, a través del fortalecimiento de intervenciones efectivas en el ámbito intrasectorial e intersectorial; Que, con Informe N° 021-2014-OGPP-OPGI/MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), emite opinión favorable a la suscripción del Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País, período 2014 – 2016; Con las visaciones del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Nacional para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia en el País, período 2014 – 2016, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Disponer que las Direcciones Generales, Ofi cinas Generales, Órganos Desconcentrados y Organismos Públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus Planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan Nacional. Artículo 3º.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición - CENAN y a la Dirección General de Salud de las Personas, en ejercicio de las funciones que ejercen, supervisen el cumplimiento de las acciones contenidas en el Plan Nacional. Artículo 4º.- Las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, o las que hagan sus veces, son responsables del cumplimiento, implementación, supervisión y aplicación, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones de lo dispuesto en el citado Plan Nacional. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1069284-3