Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2014 (05/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

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1.3. Reglamento electoral El reglamento electoral podra ser elaborado por el organo electoral central u otro organo que disponga el estatuto y aprobado por votacion directa de sus afiliados, o por la MORDAZA instancia del partido o movimiento regional. Debe guardar concordancia con el ordenamiento electoral vigente, lo que incluye al estatuto o MORDAZA de organizacion interna de la respectiva organizacion politica. Deberia contener el procedimiento para la elaboracion, autorizacion y aprobacion del padron electoral. En cualquier caso, la aprobacion de la modificacion del reglamento electoral no puede ser posterior a la convocatoria del MORDAZA electoral interno. De aprobarse posteriormente, esta modificacion no resulta vinculante para el MORDAZA electoral interno respectivo. Contenido del reglamento electoral En el reglamento electoral debera contener como minimo los siguientes temas: a. Los principios y garantias del MORDAZA electoral. b. Disposiciones sobre los organos electorales (conformacion, organizacion, funciones, y atribuciones). c. Procedimiento para la elaboracion, autorizacion y aprobacion del padron electoral. d. Etapas del MORDAZA electoral: convocatoria, inscripcion de candidaturas, tachas, impugnaciones, elaboracion del material de sufragio, desarrollo de acto electoral, escrutinio, computo y proclamacion de resultados. e. Requisitos adicionales a los establecidos en la ley, exigidos para integrar una lista de candidatos. f. Retiro de candidatos o lista de candidatos. g. Renuncia de candidatos. 2. DEMOCRACIA INTERNA EN LAS ALIANZAS ELECTORALES Las alianzas electorales estableceran en sus respectivas actas de constitucion la forma en que se llevara a cabo la eleccion interna de sus candidatos, respetando las modalidades establecidas por ley. Para tal efecto podran optar entre las siguientes alternativas: a. Cada una de las organizaciones politicas integrantes de la alianza electoral realiza sus elecciones internas de manera independiente, segun la modalidad establecida en sus respectivos estatutos o normas de organizacion interna. En este supuesto, el acta de constitucion de la alianza electoral debe precisar el organo, el orden, y la modalidad que determinara la lista definitiva de candidatos, a efectos de que se aplique un mecanismo de reparticion de las candidaturas presentadas en las organizaciones politicas que conforman la alianza electoral. b. Las organizaciones politicas integrantes de la alianza electoral adoptan en conjunto, un mecanismo para establecer una unica lista de candidatos. 3. ORGANOS ELECTORALES DE DEMOCRACIA INTERNA 3.1. Organo Electoral Central

interna para eleccion de candidatos de los partidos politicos y movimientos regionales para el MORDAZA de elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Sin embargo, con la finalidad de propiciar que la practica de las acciones de democracia interna al interior de las organizaciones politicas se cina a las exigencias legales, resulta necesario efectuar nuevas precisiones que brinden mayor orientacion a los actores electorales en los procesos de elecciones municipales y regionales, para la obtencion de una adecuada aplicacion de la normatividad en la conformacion de las formulas y listas de candidatos cuya inscripcion se solicitara ante los Jurados Electorales Especiales. 4. Estas precisiones se encuentran plasmadas en el "Instructivo para el ejercicio de la democracia interna en la eleccion de los candidatos para los procesos regionales y municipales", en el que se consignan, entre otras, indicaciones sobre la democracia interna en las alianzas electorales, el contenido del estatuto o MORDAZA de organizacion interna y el reglamento electoral. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el "Instructivo para el ejercicio de la democracia interna en la eleccion de los candidatos para los Procesos Electorales Regionales y Municipales", cuyo texto es el siguiente: INSTRUCTIVO PARA EL EJERCICIO DE DEMOCRACIA INTERNA EN LA ELECCION DE CANDIDATOS PARA LOS PROCESOS ELECTORALES REGIONALES Y MUNICIPALES I. Objeto El presente instructivo tiene por objeto precisar las pautas que deben seguir los partidos politicos, movimientos de alcance regional o departamental y alianzas electorales, a efectos de definir a sus candidatos a cargos publicos de eleccion popular, en el MORDAZA de los procesos de elecciones regionales y municipales. II. Base legal 2.1 Constitucion Politica del Peru. 2.2 Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. 2.3 Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos. 2.4 Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales. 2.5 Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. III. Abreviaturas DNI : Documento Nacional de Identidad. JEE : MORDAZA Electoral Especial. JNE : MORDAZA Nacional de Elecciones. LEM : Ley N.º 26864, Ley de Elecciones Municipales. LER : Ley N.º 27683, Ley de Elecciones Regionales. LPP : Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos. ROP : Registro de Organizaciones Politicas IV. Contenido 1. NORMAS RELATIVAS A LA DEMOCRACIA INTERNA 1.1. Ley de Partido Politicos. 1.2. Estatuto o MORDAZA de organizacion interna El estatuto del partido politico o MORDAZA de organizacion interna en el caso de los movimientos regionales o departamentales debe contener lo siguiente: a. Los organos electorales que participaran en los procesos de eleccion y designacion de candidatos, asi como sus atribuciones, estructura organizativa, quorum para la toma de decisiones, entre otras disposiciones para su normal desempeno. b. Disposiciones referidas a la designacion directa de candidatos.

El organo electoral central es el MORDAZA organo colegiado en materia electoral del partido politico y movimiento regional o departamental. Debe estar conformado por un minimo de tres (3) miembros, y contar con organos electorales descentralizados. En cada organizacion politica el organo electoral central puede recibir distintas denominaciones, debiendose senalar de manera MORDAZA sus funciones y competencias. Caracteristicas del organo electoral central El organo electoral central tiene las siguientes caracteristicas: a. Especializado.- Instancia con competencia exclusiva en materia electoral. b. Autonomo.- Se rige por las normas que regulan su competencia, no depende de ningun otro organo de la organizacion politica.

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