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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (05/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Sábado 5 de abril de 2014 520401 cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 6 072,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1070875-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Plan de Acción Regional de Lucha contra la Desertificación y Sequía ORDENANZA REGIONAL Nº 286-2014/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; en la Ley Nº Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053; y, demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señalándose en el artículo 11º, como funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, inciso d) “Elaborar y coordinar la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertifi cación y la Sequía, así como supervisar su implementación en coordinación con los sectores competentes”; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 077-2005/GRP- CR se creó el Sistema Regional de Gestión Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional Piura; asimismo, con Ordenanza Regional Nº 259-2013/GRP-CR se aprobó la Política Ambiental Regional, que contiene los principios de la Gestión Ambiental y los Objetivos de la Política Ambiental Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2006-AG, se crea la Comisión Nacional de Lucha contra la Desertifi cación y Sequía, encargada de determinar la Política Nacional de Lucha contra la Desertifi cación y mitigación de los efectos de la Sequía, y articular los esfuerzos del Estado en todos los niveles del Gobierno; y, con Decreto Regional Nº 004- 2010/GRP-PR del 30 de diciembre de 2010 se ofi cializó la creación de La Comisión Departamental de Lucha contra la Desertifi cación y Sequía de Piura; Que, mediante Ofi cio Nº 034-2013-DGCCDRH/ DVMDERN/MINAM del 21 de marzo de 2013, la Dirección General de Cambio Climático, Desertifi cación y Recursos Hídricos del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, remite la conformidad al Plan de Acción Regional de Lucha contra la Desertifi cación y la Sequía, recomendando que dicho Plan sea presentado a la Comisión Ambiental Regional del Gobierno regional Piura, para su posterior aprobación de acuerdo a Ley; Que, el Plan de Acción Regional de Lucha contra la Desertifi cación y la Sequía, recoge una visión tanto del entorno mundial, nacional y regional de la problemática que se viene presentando por la desertifi cación y sequía, que trae como consecuencia la degradación de los suelos, ante esto las organizaciones en los tres niveles de gobierno se han preocupado por liderar iniciativas a fi n de enfrentar las principales causas en forma articulada, por lo que es necesario, como región, contar con este documento; Que, a través del Informe Nº 119 -2013/GRP-450000 del 23 de agosto de 2013 y Memorando Nº 031-2014/ GRP-450000 del 14 de enero de 2014, emitidos por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; Informe Nº 304-2014/GRP-460000 del 04 de febrero de 2014 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, e Informe Nº 011-2014/GRP-200010-ACCR del 11 de marzo de 2014 del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, se emite opinión favorable a la presente propuesta; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 03 - 2014, celebrada el día 19 de marzo del 2014, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Acción Regional de Lucha contra la Desertifi cación y la Sequía - PAR PIURA LCDS, que comprende cinco (05) Ejes Estratégicos, cinco (05) Objetivos Operacionales, nueve (09) Resultados y cuarenta y uno (41) Líneas de Acción, y que en anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de la presente Ordenanza Regional, informando a la Secretaría del Consejo Regional las acciones para dicho fi n. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil catorce. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 1070282-1