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El Peruano Martes 8 de abril de 2014 520497 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Ministra de Salud a los EE.UU. y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 130-2014-PCM Lima, 7 de abril del 2014 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, se llevará a cabo el “Foro de Alto Nivel del Grupo del Banco Mundial con la Organización Mundial de la Salud: Hacia la Cobertura Universal para el 2030”, el 11 de abril de 2014, organizado por las entidades en mención; Que, el “Foro de Alto Nivel del Grupo del Banco Mundial con la Organización Mundial de la Salud: Hacia la Cobertura Universal para el 2030” contempla entre sus objetivos la adopción de una visión inmediata y acciones de mediano plazo para acelerar el logro de las metas de salud y del desarrollo; discutir las implicancias de las evidencias referidas a la inversión en salud y los resultados esperados; la identifi cación de opciones para movilizar fi nanciamiento para el sector salud; así como, avanzar en la armonización y movilización de apoyo a la metodología global para la medición de los resultados de salud a nivel de país y el monitoreo del progreso hacia el logro de la cobertura universal en salud para el año 2030; Que, mediante comunicación de fecha 3 de marzo de 2014, el representante del Banco Mundial ha cursado invitación a la señora Ministra de Salud para que participe en el referido evento, señalándose además que los gastos correspondientes a su participación serán cubiertos por dicha entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, en tal sentido, atendiendo a la temática y los objetivos del evento antes señalado, resulta de interés para el país autorizar el viaje de la señora Ministra de Salud para que participe en el mismo, siendo necesario además disponer las acciones pertinentes para asegurar el normal funcionamiento del Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Midori Musme Cristina De Habich Rospigliosi, Ministra de Salud, a la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, del 10 al 12 de abril de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Encargar la Cartera de Salud a la señora Ana Ethel del Rosario Jara Velásquez, Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 10 de abril de 2014 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1071436-2 AGRICULTURA Y RIEGO Decreto Supremo que aprueba la actualización de la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas DECRETO SUPREMO Nº 004-2014-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece en el numeral 3.3 del artículo 3°, que el Ministerio de Agricultura y Riego, es el órgano normativo y promotor del uso sostenible y conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, responsabilidad que es asumida por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29376, Ley que suspende la aplicación de los Decretos Legislativos N° 1090 y N° 1064, precisa que las funciones que fueron otorgadas al ex Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA por la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, son ejercidas por el Ministerio de Agricultura y Riego o los Gobiernos Regionales dentro del marco de sus competencias; Que, el artículo 161° del Reglamento de la Ley N° 27308 dispone que dicha Ley y su Reglamento norman el manejo y aprovechamiento en el ámbito nacional de todas las especies y subespecies de fauna silvestre, nativas y exóticas; Que, el artículo 258° del citado Reglamento establece que cada tres (3) años, se elabora y actualiza la clasifi cación ofi cial de especies de fl ora y fauna silvestre, en función de su estado de conservación, tomando como referencia procedimientos internacionalmente reconocidos y aceptados, a fi n de establecer las necesidades de protección o restauración, así como la factibilidad de su aprovechamiento sostenible; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2004-AG, se aprobó la Categorización de trescientos uno (301) Especies Amenazadas de Fauna Silvestre y prohibió su caza, captura, tenencia, transporte o exportación con fi nes comerciales, la misma que conforme a lo señalado en el precitado artículo 258° del mencionado Reglamento, debe ser actualizada; Que, el literal l) del artículo 58° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG, establece que es función de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, elaborar y proponer las