Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2014 (08/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Martes 8 de MORDAZA de 2014

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en representacion del Estado, el Addendum N° 5 al Contrato de Concesion N° 029-94 y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen el Addendum N° 5 al Contrato de Concesion N° 029-94. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto por el literal g) del articulo 61 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia por cuenta del mismo en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su notificacion. Articulo 6.- La Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. asume exclusivamente las responsabilidades por las consecuencias que se deriven del articulo 30 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 7.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1071437-10

de ELECTRONORTE S.A., concesion definitiva para desarrollar las actividades de distribucion de energia electrica con caracter de Servicio Publico de Electricidad, suscribiendose el Contrato de Concesion N° 029-94, elevado a Escritura Publica el 17 de marzo de 1995; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 06399-EM, publicada el 02 de MORDAZA de 1999, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum N° 1 al citado Contrato de Concesion, elevado a Escritura Publica el 08 de junio de 1999; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 1042001-EM, publicada el 02 de junio de 2001, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum N° 2 al citado Contrato de Concesion, elevado a Escritura Publica el 02 de agosto de 2001; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0722006-EM, publicada el 16 de noviembre de 2006, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum N° 3 al citado Contrato de Concesion, elevado a Escritura Publica el 13 de enero de 2007; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0042007-EM, publicada el 26 de enero de 2007, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum N° 4 al citado Contrato de Concesion, elevado a Escritura Publica el 10 de MORDAZA de 2007; Que, mediante las Cartas N° GR-0790-2013 (Registro N° 2283711), N° GR-1298-2013 (Registro N° 2296081) y N° GR-1338-2013 (Registro N° 2297058), ingresadas el 12 de MORDAZA, 3 de junio y 5 de junio de 2013, respectivamente, ELECTRONORTE S.A. presento la solicitud de regularizacion de ampliacion de concesion definitiva de distribucion de energia electrica para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica que comprende la MORDAZA Pampas de Olmos, ubicada en el departamento de MORDAZA, provincia de MORDAZA, distritos de Olmos y Jayanca, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 30 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 61 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, el concesionario ha solicitado la ampliacion de sus zonas de concesion, cumpliendo con el procedimiento y los requisitos establecidos en las citadas normas, lo que ha dado lugar a la opinion contenida en el Informe N° 082-2014-DGE-DCE, el que concluye que se debe aprobar la citada ampliacion asi como el Addendum N° 5 al Contrato de Concesion N° 029-94; Estando a lo dispuesto en los literales e) y g) del articulo 61 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la ampliacion de la MORDAZA de concesion de distribucion de energia electrica solicitada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y el Addendum N° 5 al Contrato de Concesion N° 029-94. Articulo 2.- La ampliacion aprobada en el articulo que antecede, comprende la MORDAZA de concesion que a continuacion se senala, la cual esta delimitada por las coordenadas UTM en el sistema PSAD56, que figura en los planos obrantes en el Expediente y comprende la siguiente MORDAZA de concesion: MORDAZA DE DepartaPlano Distrito Provincia CONCESION mento N° Pampas de Olmos y MORDAZA MORDAZA PAM_ Olmos Jayanca OLM 01 Articulo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir,

Otorgan a favor de ATN 1 S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en Linea de Transmision S.E. Paragsha II - S.E. Francoise, ubicada en el departamento de Pasco
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2014-EM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14331013 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por ATN 1 S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12489576 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision 220 kV S.E. Paragsha II ­ S.E. Francoise, ubicada en los distritos de Huayllay y MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Pasco, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0162013-GRP/GRDE/DREM, de fecha 02 de MORDAZA de 2013, la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Pasco, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental del "Proyecto Electrico Linea de Transmision en 220 kV S.E. Paragsha II ­ S.E. Francoise"; Que, la peticion de concesion definitiva esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 035-2014-DGE-DCE;

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