TEXTO PAGINA: 16
El Peruano Martes 8 de abril de 2014 520510 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase la contratación de SIMPSON THACHER & BARTLETT LLP, fi rma de abogados del Estado de Nueva York como asesor legal externo, para los fi nes descritos en la parte considerativa de esta resolución ministerial. Dicha contratación se efectuará con cargo a las previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios que permitan implementar lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1071125-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban regularización de la Octava Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y EDEGEL S.A.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2014-EM Lima, 7 de abril de 2014 VISTO: El Expediente N° 14002193, sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por EDEGEL S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-95-EM, publicada el 07 de mayo de 1995, se otorgó a favor de EDEGEL S.A.A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, entre otras, en la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Callahuanca – S.E. Cajamarquilla y S.E. Cajamarquilla – S.E. Chavarría, la cual fi gura en el Expediente, aprobándose el Contrato de Concesión N° 055-95; Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2005- EM, publicada el 09 de enero de 2005, se aprobó la Primera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 055- 95, modifi cándose el recorrido de algunos tramos de las Líneas de Transmisión de 60 kV CH Callahuanca – CH Moyopampa, CH Moyopampa – SE Santa Rosa, y CH Callahuanca - SE Huachipa, localizadas en zonas urbanas, por cuanto debajo de ellas existen construcciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 070-2006- EM, publicada el 15 de noviembre de 2006, se aprobó la Segunda Modifi cación al Contrato de Concesión N° 055- 95, modifi cándose en el aspecto referido a la extensión de las líneas de transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de algunos tramos de las Líneas de Transmisión de 60 kV CH Moyopampa - S.E. Santa Rosa, CH Callahuanca – SE Huachipa y CH Callahuanca – SE Huampani, CH Moyopampa – SE Salamanca y CH Moyopampa – SE Balnearios, localizadas en zonas urbanas, por cuanto debajo de ellas existen construcciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-2008- EM, publicada el 11 de abril de 2008, se aprobó la Tercera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 055- 95, modifi cándose en el aspecto referido a la extensión de la línea de transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV CH Moyopampa - S.E. Santa Rosa, localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 035-2010- EM, publicada el 24 de marzo de 2010, se aprobó la Cuarta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055- 95, modifi cándose en el aspecto referido a la extensión de la línea de transmisión, exponiéndose como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV CH Moyopampa – SE Salamanca y CH Moyopampa – SE Balnearios, localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 043-2010- EM, publicada el 22 de junio de 2010, se aprobó la Quinta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 en los aspectos referidos a la transferencia de la concesión de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Callahuanca – S.E. Huanza, a favor de la Empresa de Generación Huanza S.A.; Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-2012-EM, publicada el 09 de febrero de 2012, se aprobó la Sexta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 en los aspectos referidos al plazo de ejecución de las obras, así como su correspondiente Cronograma de Ejecución de Obras, contenido en la Cláusula Sexta, debiendo culminar las obras en el mes de abril de 2012; Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2014- EM, publicada el 18 de enero de 2014, se aprobó la regularización de la Séptima Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95, en los aspectos referidos a la regularización de las obras del “Desplazamiento de Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa – S.E. Balnearios”; Que, con fecha 05 de julio de 2012, bajo el registro Nº 2209095, el CONCESIONARIO solicitó la Octava Modifi cación al CONTRATO en los aspectos referidos a las modifi caciones en el trazo del recorrido de las líneas entre la torre 40 de la Línea de Transmisión de doble terna L-2008 y L-2009, y la S.E. Cajamarquilla y la torre 42 de la línea de doble terna L-2014 y L-2015; Que, mediante Carta N° AL-183-2013, de fecha 05 de setiembre de 2013, ingresada bajo el registro Nº 2324464, EDEGEL S.A.A. informó que las Obras del proyecto “Ampliación de la Subestación Cajamarquilla 220 kV y Modifi cación del Tramo de Líneas L2008/L2009 – Estructuras T39 Y T42”, han concluido, por la que solicita la Octava Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 705-2013- DGE-DCE, siendo procedente aprobar la regularización de la Octava Modifi cación al Contrato de Concesión N° 055- 95, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la regularización de la Octava Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y EDEGEL S.A.A., a fi n de modifi car los Anexos N° 2, N° 4 y Nº 5, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir,