Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2014 (11/04/2014)


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con respecto al pago de sus obligaciones formales y sustanciales; por ende, reducir la morosidad, asi como sincerar las cuentas corrientes y por extension los Estados Financieros; en este contexto, la Gerencia de Administracion Tributaria, a solicitud de los vecinos, ha visto por conveniente, prorrogar los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 230-MDPP, hasta el 30 de MORDAZA de 2014; Estando a lo planteado por la Gerencia de Administracion Tributaria y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA de 2014, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 230-MDPP. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Finanzas y Planeamiento, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico y Secretaria General, su publicacion y difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1072504-2

El Peruano Viernes 11 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran habilitacion MORDAZA de oficio de predio ubicado en Urbanizacion Cercado Manzana 2416 Lote 92
RESOLUCION Nº 232-2014-RASS. DS Nº 013374200722 MORDAZA de MORDAZA, 21 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 78-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 123-2014SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y el Informe Nº 184-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, D.S. Nº 013374200722, del predio ubicado en Urbanizacion Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongacion Tacna S/N Distrito de MORDAZA de Surco), inscrito en la Partida Registral Nº 11446433, de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 ­ establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134º de la Ordenanza Nº 396-MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que "Las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el

ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, con fecha 16.06.2011 se aprobo la Ordenanza Nº 388-MSS, a traves de la cual, se Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA y con Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobo el Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 112011-MSS, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 78-2014-GDU-MSS del 10.03.2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-09-2014-SGPUC-GDUMSS, PP-010-2014-SGPUC-GDU-MSS, PTL-011-2014SGPUC-GDU-MSS y PA-012-2014-SGPUC-GDU-MSS; fundando la misma en el Informe Nº123-2014-SGPUCGDU-MSS del 28.02.2014 de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que contiene el Informe Tecnico Nº 003-2014-ENBA del 28.02.2014, el cual indica que el predio ubicado en Urbanizacion Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongacion Tacna S/N distrito de MORDAZA de Surco), registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida, acorde con los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentran dotadas de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el articulo Nº 24, de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, en la que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion al propietario registral y ocupantes del predio

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