Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2014 (11/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Asi tambien, el Articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" senala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confiere el articulo 197º de la Constitucion, regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos; Que, la Decimosexta Disposicion Complementaria de la citada Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, por otro lado, los articulos 18º y 20º de la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion", establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes y participacion del sector publico y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperacion tecnica internacional; dichas herramientas de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujecion a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, la Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y su modificatoria la Ley Nº 29298, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho MORDAZA los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, con el proposito de facilitar el desarrollo del MORDAZA participativo, a traves de mecanismos que faciliten la participacion de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", de caracter general y permanente, el cual es de alcance y aplicacion de los Gobiernos Locales; el cual establece que MORDAZA del inicio de las acciones de comunicacion, sensibilizacion, convocatoria, identificacion y capacitacion de los agentes participantes es necesario la aprobacion de la Ordenanza, que reglamenta el MORDAZA del Presupuesto participativo del Ano Fiscal, la misma que precisa el cronograma del MORDAZA, la conformacion del equipo tecnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes , entre otros que considere el pliego; Que, con la Ordenanza Nº 248-2011-MDI se aprobo el "Plan de Desarrollo Local Concertado (Actualizado) del Distrito de Independencia al 2021", documento de gestion del sistema de planificacion y guia para la accion en el largo plazo, orientada a convocar y enfocar recursos y esfuerzos individuales e institucionales para la construccion del desarrollo en base al consenso de los actores sociales del Distrito de Independencia; el mismo que en su Linea Estrategica de Desarrollo Nº 4 propone un "Gobierno Local Democratico, Moderno, con Gobierno Electronico y una Poblacion Organizada y Participativa"; Que, por otro lado, con la Ordenanza Nº 280-2013-MDI se aprobo el "Plan Estrategico Institucional (PEI) al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia", que es la propuesta de desarrollo del Gobierno local en ejercicio, a traves del cual se propone mejorar la efectividad de la accion municipal para la promocion del desarrollo local y la prestacion de servicios de calidad, concretizando para el mediano plazo los objetivos estrategicos del plan de Desarrollo Local Concertado; Que, en este contexto, resulta necesario establecer

El Peruano Viernes 11 de MORDAZA de 2014

el MORDAZA normativo para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Independencia para el Ano Fiscal 2015, en concordancia con el MORDAZA Normativo Nacional y local vigente; Que, con los Informes Nºs. 134-2013-GPPR/MDI y 074-2014-GPPR/MDI la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion sustenta la necesidad que la Municipalidad Distrital de independencia cuente con el Reglamento para el Desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano 2015, de manera que se cumpla con la calendarizacion de este importante MORDAZA participativo de la sociedad civil, conforme lo senala el Instructivo aprobado por el Ministerio de Economia y Finanzas, asi como con los plazos estipulados en las Directivas para la programacion y formulacion del Presupuesto Institucional de Apertura; Que, la Gerencia de Asesoria Legal con el Memorando Nº 884-2013-GAL/MDI y el Informe Nº 160-2014-GAL, la Sub Gerencia de Participacion Vecinal con los Informes Nºs. 263-2013-SGPV/GM/MDI, 039 y 040-2014-SGPV/ GM/MDI y la Sub Gerencia de Presupuesto y Calidad del Gasto con el Informe Nº 416-2013-SGPCG/GPPR/MDI, opinan por la procedencia para que el Concejo Municipal proceda a la aprobacion del presente Reglamento; Estando a lo expuesto; de conformidad con lo establecido en los Articulos 9º, en sus numerales 8 y 14, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; el Concejo Municipal con el MORDAZA UNANIME de los regidores presentes, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta de la Sesion de Concejo, aprobo la siguiente Ordenanza: "REGLAMENTO DEL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA" Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que consta de Tres Titulos, Treinta y Ocho Articulos y Siete Disposiciones Complementarias y Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Gestion MORDAZA, Gerencia de Promocion de la Inversion y Cooperacion, Gerencia de Gestion Ambiental, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Economico Local Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Secretaria General y demas Unidades Organicas segun el ambito de su competencia. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y cuyo texto integro sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Independencia: www. muniindependencia.gob.pe. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA "REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA" TITULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, OBJETIVO Y ALCANCE Articulo 1º. ­ Finalidad Establecer y regular la secuencia en la que se desarrollara el MORDAZA del Presupuesto Participativo

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