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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (11/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Viernes 11 de abril de 2014 520838 dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Así también, el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confi ere el artículo 197º de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la citada Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, por otro lado, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su modifi catoria la Ley Nº 29298, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposición Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, de carácter general y permanente, el cual es de alcance y aplicación de los Gobiernos Locales; el cual establece que antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes es necesario la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta el Proceso del Presupuesto participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes , entre otros que considere el pliego; Que, con la Ordenanza Nº 248-2011-MDI se aprobó el “Plan de Desarrollo Local Concertado (Actualizado) del Distrito de Independencia al 2021”, documento de gestión del sistema de planifi cación y guía para la acción en el largo plazo, orientada a convocar y enfocar recursos y esfuerzos individuales e institucionales para la construcción del desarrollo en base al consenso de los actores sociales del Distrito de Independencia; el mismo que en su Línea Estratégica de Desarrollo Nº 4 propone un “Gobierno Local Democrático, Moderno, con Gobierno Electrónico y una Población Organizada y Participativa”; Que, por otro lado, con la Ordenanza Nº 280-2013-MDI se aprobó el “Plan Estratégico Institucional (PEI) al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia”, que es la propuesta de desarrollo del Gobierno local en ejercicio, a través del cual se propone mejorar la efectividad de la acción municipal para la promoción del desarrollo local y la prestación de servicios de calidad, concretizando para el mediano plazo los objetivos estratégicos del plan de Desarrollo Local Concertado; Que, en este contexto, resulta necesario establecer el marco normativo para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Independencia para el Año Fiscal 2015, en concordancia con el Marco Normativo Nacional y local vigente; Que, con los Informes Nºs. 134-2013-GPPR/MDI y 074-2014-GPPR/MDI la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización sustenta la necesidad que la Municipalidad Distrital de independencia cuente con el Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2015, de manera que se cumpla con la calendarización de este importante proceso participativo de la sociedad civil, conforme lo señala el Instructivo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas, así como con los plazos estipulados en las Directivas para la programación y formulación del Presupuesto Institucional de Apertura; Que, la Gerencia de Asesoría Legal con el Memorando Nº 884-2013-GAL/MDI y el Informe Nº 160-2014-GAL, la Sub Gerencia de Participación Vecinal con los Informes Nºs. 263-2013-SGPV/GM/MDI, 039 y 040-2014-SGPV/ GM/MDI y la Sub Gerencia de Presupuesto y Calidad del Gasto con el Informe Nº 416-2013-SGPCG/GPPR/MDI, opinan por la procedencia para que el Concejo Municipal proceda a la aprobación del presente Reglamento; Estando a lo expuesto; de conformidad con lo establecido en los Artículos 9º, en sus numerales 8 y 14, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; el Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de los regidores presentes, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta de la Sesión de Concejo, aprobó la siguiente Ordenanza: “REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que consta de Tres Títulos, Treinta y Ocho Artículos y Siete Disposiciones Complementarias y Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Gestión Urbana, Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Económico Local Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Secretaría General y demás Unidades Orgánicas según el ámbito de su competencia. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Independencia: www. muniindependencia.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde “REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA” TÍTULO PRIMERO CONSIDERACIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD, OBJETIVO Y ALCANCE Artículo 1º. – Finalidad Establecer y regular la secuencia en la que se desarrollará el proceso del Presupuesto Participativo