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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (11/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Viernes 11 de abril de 2014 520849 ubicado en Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongación Tacna S/N Distrito de Santiago de Surco) y se elaboró el expediente técnico que sustenta la declaración de habilitación urbana de ofi cio; Que, el predio está considerado dentro del Área de Tratamiento Normativo II, con zonifi cación: RDM - Residencial de Densidad Media, aprobada por Ordenanza Nº 1076-MML, publicada el 08 de Octubre de 2007; se ubica en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco, sector priorizado en el Artículo 1, de la Ordenanza Nº 388-MSS (…) Disponer la identifi cación de predios registralmente califi cados como Rústicos conforme lo establece el artículo 24 de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rústicos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de Santiago de Surco (…); en ese sentido resulta procedente habilitar de ofi cio las zonas en cuestión; Que, de acuerdo a los antecedentes registrales, el terreno rústico ubicado en la Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongación Tacna S/N Distrito de Santiago de Surco), se encuentra inscrito en la Partida Nº 11446433; cuenta con un área de 545.18 m2, conforme consta en la Rectifi cación de área inscrita en el asiento B00002, asimismo en el asiento B) se detallan los Linderos y Medidas Perimétricas del predio, de la siguiente manera, por el frente: colinda con la Prolongación Tacna con 9.20 ml.; por la derecha: Entrando colinda con propiedad de terceros, con una línea quebrada de tres tramos, el primer tramo de 6.93 ml, el segundo tramo de 7.79 ml, el tercer tramo de 26.53 ml.; por la izquierda: Entrando colinda con el sub-lote “A” con una línea quebrada de tres tramos el primer tramo de 22.80 ml, el segundo tramo de 9.44 ml, el tercer tramo de 21.52 ml.; por el fondo: Colinda con propiedad de terceros con 16.73 ml.; Que, se ha determinado que la zona a habilitar de ofi cio no tiene en trámite ante la municipalidad ningún procedimiento de habilitación urbana, ni de regularización de una ejecutada, ni de recepción de obras de habilitación urbana a la fecha de publicación de la Ley Nº 29898, Ley que modifi ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, ni está inmerso en los supuestos indicados en el Artículo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, con Informe Nº 184-2014-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de la Habilitación Urbana de Ofi cio de la mencionada zona, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo declare; Estando al Informe Nº 78-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 123-2014- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, al Informe Nº 184-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y al amparo de la Ley Nº 29090 y su modifi catoria Ley Nº 29898, Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Decreto de Alcaldía Nº 11-2011- MSS y en uso de las facultades conferidas por los artículo 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la HABILITACIÓN URBANA DE OFICIO del predio ubicado en Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92, ubicado en el Sector 1, que se denominará Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92, del distrito de Santiago de Surco; inscrito en la Partida Registral Nº 11446433, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Ofi cina Registral Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; de acuerdo al asiento B00002, el predio cuenta con un área de 545.18 m2. y el perímetro es de 120.94 ml, cuya titularidad registral corresponde al Señor Miguel Angel Francisco Jordán Mejía. Artículo Segundo.- APROBAR los planos PU-09- 2014-SGPUC-GDU-MSS, PP-010-2014-SGPUC-GDU- MSS, PTL-011-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-012-2014- SGPUC-GDU-MSS; que forman parte del expediente técnico. Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas de la zona señalada en el artículo primero, contenido en el plano PTL- 011-2014-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS MANZANA 2416 LOTE 92 DESCRIPCIÓN ÁREA TOTAL (M2) % ÁREA ÚTIL 471.90 86.56 ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 73.28 13.44 ÁREA TOTAL 545.18 100.00 Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción Registral del cambio de rustico a urbano del predio ubicado en Urbanización Cercado Manzana 2416 Lote 92 (denominado Sub Lote B ubicado frente a la Prolongación Tacna S/N Distrito de Santiago de Surco), al haberse declarado la Habilitación Urbana de Ofi cio, de acuerdo a los planos PU-09-2014- SGPUC-GDU-MSS, PP-010-2014-SGPUC-GDU-MSS, PTL-011-2014-SGPUC-GDU-MSS y PA-012-2014-SGPUC- GDU-MSS; que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56º, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan. Artículo Sexto.-. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1072006-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2014-CDB Bellavista, 27 de marzo del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía