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El Peruano Viernes 11 de abril de 2014 520841 d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los Talleres En los casos de los literales b), c) y d) antes mencionados, quien conduce el Taller solicitará el desalojo del Agente participante infractor de los ambientes en donde se realiza el Taller, el mismo que quedará sujeto a las siguientes sanciones: 9 Para el caso a), notifi cación escrita dirigida a la organización de la sociedad civil o institución pública a la cual representa el Agente Participante. 9 Para los casos b), c) y d), el envió de una notificación a la organización de la sociedad civil o institución pública que representa, para que nombre al representante que lo sustituya, en un plazo máximo de 02 días calendarios. De no producirse dicha designación en el plazo señalado, se dará por inhabilitado la participación de la organización o institución pública correspondiente. CAPÍTULO IV CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO Y SUS RESPONSABILIDADES DURANTE EL PROCESO Artículo 12º.- Conformación del Equipo Técnico: El Equipo Técnico está integrado por: Por la Municipalidad 9 Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización – Presidente 9 Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI) – Miembro 9 Gerente de Rentas – Miembro 9 Gerente de Gestión Urbana – Miembro. 9 Gerente de Gestión Ambiental – Miembro. 9 Gerente de Desarrollo Económico Local Municipal– Miembro. 9 Gerente de Desarrollo Social– Miembro. 9 Gerente de Seguridad Ciudadana – Miembro 9 Gerente de Promoción de la Inversión y Cooperación – Miembro 9 Sub Gerente de Participación Vecinal – Miembro. Por la Sociedad Civil: 9 Dos miembros representantes de la sociedad civil del Consejo de Coordinación Local Distrital, a propuesta del CCLD, quienes serán acreditados ante el Presidente del Equipo Técnico. Para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo por Resultados se convocará a las Universidades, Entidades del Estado y Organizaciones No Gubernamentales, quienes brindaran su apoyo técnico y participarán en las actividades del proceso. Artículo 13º.- Responsabilidades del Equipo Técnico Municipal durante el Proceso El Equipo Técnico Municipal tiene las siguientes responsabilidades a) Brindar apoyo técnico para la organización y ejecución del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de capacitación y trabajo. c) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos en el proceso participativo. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera e) Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal correspondiente, para su presentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO SEGUNDO DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS Artículo 14º.- Fases del Proceso Las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados, son las siguientes: a) Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación, y capacitación de los Agentes Participantes. b) Concertación, que comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los Agentes Participantes. c) Coordinación entre Niveles de Gobierno, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional de Lima Metropolitana y Gobierno Local Provincial de Lima Metropolitana y Gobierno Local Distrital de Independencia. d) Formalización, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional y en la Rendición de Cuentas sobre la ejecución. CAPÍTULO I FASE DE PREPARACIÓN Artículo 15º.- Preparación del Proceso La fase de Preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la Convocatoria se realizará conforme establece el Artículo 4º y siguientes del presente Reglamento. Además, la Sub Gerencia de Participación Vecinal en coordinación con la Sub Gerencia de Imagen Institucional propondrán al Equipo Técnico Municipal el plan de difusión y convocatoria, el mismo que deberá articular a toda la sociedad civil. La Sub Gerencia de Participación Vecinal y la Sub Gerencia de Imagen Institucional implementarán la difusión y convocatoria, contando con el apoyo de las Unidades Orgánicas Responsables de las Líneas Estratégicas de Desarrollo para el Proceso del Presupuesto Participativo, que establece la Directiva Nº 008-2013-GM/MDI “Lineamientos que Establecen Responsabilidades para el Mejor Desarrollo del Presupuesto participativo Basado en resultados en la Municipalidad Distrital de Independencia”. Con respecto a la identifi cación y registro de los Agentes Participantes, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7º y 8º del presente Reglamento. Artículo 16º. Capacitación a los Agentes Participantes La Municipalidad brindará la capacitación a los Agentes Participantes preferentemente en las siguientes materias: 9 Plan de Desarrollo Local Concertado 9 Presupuesto Participativo por Resultados 9 Sistema Nacional de Inversión Pública 9 Elaboración de Perfi les de Proyectos de Inversión Pública 9 Gestión de Proyectos 9 Participación Ciudadana en los Servicios Municipales 9 Sistema Tributario Municipal 9 Y otros temas de interés para el Fortalecimiento de Capacidades de la sociedad civil. Esta etapa de Capacitación de los Agentes Participantes y del desarrollo de los Talleres, se realizará de manera descentralizada por zonas territoriales, implementando eventos presenciales, así también bajo la modalidad de comunicación virtual a través de Internet para aquellos ciudadanos que no puedan asistir a los Talleres de Capacitación, lo cual se precisará en la Agenda respectiva. De ser necesario, el Equipo Técnico gestionará la participación de Exponentes de las Universidades, del Ministerio de Economía y Finanzas y de Instituciones especializadas. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 17º.- Desarrollo de los Talleres de Trabajo El Alcalde, en calidad de Presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital, convocará a la realización