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El Peruano Jueves 17 de abril de 2014 521202 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín, para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en Jr. Mariscal Orbegoso N” 338, al nuevo local ubicado en la Av. España, Unidad 01 N° 121, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de dicha agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín, el traslado de su agencia ubicada en Jr. Mariscal Orbegoso N° 338, al nuevo local ubicado en la Av. España, Unidad 01 N° 121, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Micro fi nanzas 1073957-1 Autorizan viaje de funcionario a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2229-2014 Lima, 16 de abril de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES (a.i.) VISTA:La invitación cursada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS, por sus siglas en inglés) y la Superintendencia de Seguros - Banco Central de Paraguay a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la XXV Asamblea Anual de ASSAL y en la XV Conferencia sobre Regulación y Supervisión de Seguros en América Latina IAIS-ASSAL, que se llevarán a cabo del 21 al 24 de abril de 2014 en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL) y de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS), por lo que su participación en las actividades organizadas por las citadas entidades brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema de seguros en la región; Que, siendo uno de los objetivos más importantes de ASSAL, proporcionar a sus miembros una formación de calidad en materia de seguros, en esta ocasión, el programa incluye temas de capital y solvencia, vigilancia macroprudencial, divulgación, fraude, salida del mercado, acceso al seguro, así como presentaciones sobre los desarrollos regulatorios recientes en Iberoamérica. Las actividades contarán con la presencia de expositores provenientes de las máximas instituciones de regulación y supervisión de seguros a nivel mundial y regional, tales como IAIS, EIOPA, NAIC y FIDES, quienes analizarán y darán su visión en relación a los temas que se abordarán en la conferencia; Que, durante la Conferencia, los miembros de ASSAL tendrán la oportunidad de compartir experiencias y conocimientos respecto de los recientes cambios regulatorios que en materia de seguros se hayan llevado a cabo en los países de la región; Que, en atención a la invitación cursada y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en bene fi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Carlos Francisco Izaguirre Castro, Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, para que participe en los citados eventos, como panelista en la Sesión 2 - Mesa Redonda “Tendencias en la Regulación: Cambios Recientes en la Regulación y Supervisión en Iberoamérica”, Sesión 5 - Supervisión Colectiva. Determinación del Alcance y Sesión 10 - Mecanismos para Facilitar el Acceso al Seguro y Experiencias del Mercado y como moderador en la Sesión 7 - Adecuación del Capital con Fines de Solvencia; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones o fi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 2104-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Francisco Izaguirre Castro, Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros de la SBS, del 20 al 25 de abril de 2014, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 1 135,25Viáticos US$ 1 850,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de