Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2014 (23/04/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 23 de MORDAZA de 2014

521415
Articulo 9°.- PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza se consideran validos y no generan derecho de devolucion ni compensacion alguna. Articulo 10°.DESISTIMIENTO DE LA PRETENSION Los contribuyentes interesados en acogerse a los beneficios aprobados mediante la presente Ordenanza, que hubieren interpuesto recursos impugnativos tendientes a cuestionar las deudas materia de acogimiento, deberan previamente desistirse de la pretension de conformidad a lo previsto en el articulo 189º de la Ley N° 27444. Articulo 11°.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Y COMPROMISOS DE PAGO ANTERIORMENTE SUSCRITOS Los administrados podran refinanciar los Convenios de Fraccionamiento y Compromisos de Pago anteriormente suscritos, a fin de que la deuda objeto de los mismos, asi como otra que se MORDAZA vencido, pueda acogerse a los beneficios contemplados en la presente Ordenanza. Articulo 12°.-VIGENCIA El plazo de vigencia de la presente Ordenanza sera hasta el 01 de Agosto de 2014, pudiendo ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldia. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Oficina General de Administracion y al Ejecutor Coactivo, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- DELEGAR en el senor MORDAZA la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y disponga su prorroga si fuera el caso. Tercera.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologia de la Informacion la publicacion de la Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta. gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 1075027-1

4.2.2 De no cumplir con las condiciones descritas en el numeral 4.2.1, la condonacion sera del 50% de las multas administrativas, cuyo pago podra efectuarse al contado o mediante convenio de fraccionamiento o compromiso de pago. Las Condonaciones descritas en los numerales 4.2.1 y 4.2.2, se aplicaran sobre el monto integro (valor insoluto) de la multa administrativa, es decir, sin considerar otros beneficios de descuento sobre el monto original de la multa. Articulo 5º.- CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO CON BENEFICIOS 5.1 Podra fraccionarse hasta en 24 cuotas mensuales. Si el fraccionamiento se realiza hasta en 12 cuotas no se cobraran intereses de fraccionamiento. El pago de las cuotas debera efectuarse como MORDAZA hasta el ultimo dia de cada mes, a partir del mes siguiente de suscrito el convenio. 5.2 La deuda objeto de fraccionamiento no podra ser menor al 10% de la UIT vigente. 5.3 La cuota inicial del convenio sera igual o mayor al 20% del total de la deuda a fraccionar, siendo la cuota minima mensual de amortizacion el 1% de la UIT vigente. 5.4 Los fraccionamientos que se aprueben durante la vigencia de la presente Ordenanza no podran ser objeto de refinanciamiento. 5.5 La falta de pago de 4 cuotas consecutivas o alternas generaran la perdida del beneficio. De igual modo, constituira perdida del beneficio cuando se hayan vencido todos los plazos de las cuotas del convenio de fraccionamiento. 5.6 La deuda resultante de una resolucion de perdida de beneficio, siempre y cuando no se encuentre en la via coactiva, podra acogerse a las condiciones que establece este articulo e incluir deuda adicional. 5.7 Una vez perdido el beneficio de fraccionamiento se efectuara la cobranza de acuerdo a ley. La aprobacion de solicitudes de fraccionamiento a cargo de la Gerencia de Rentas, de ser el caso, considerara lo dispuesto en el articulo 6° de la Ordenanza N° 014-2007-MDLP/ALC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29/11/2007. Articulo 6º.- COMPROMISO DE PAGO Los Compromisos de Pago ante el Ejecutor Coactivo, se sujetaran a las condiciones senaladas en los numerales 5.1 al 5.5 del articulo anterior, y no conllevaran a la suspension o conclusion del procedimiento de cobranza coactiva ni al levantamiento de medidas cautelares trabadas, salvo que en este ultimo caso, el administrado las sustituya por otras a favor de la Administracion. El otorgamiento de mayores facilidades tendra en consideracion la situacion economica del contribuyente, el monto de la deuda, los antecedentes de pago, asi como la exigencia de garantias que cautelen el cobro de la deuda, contando para tal fin con la aprobacion del Ejecutor Coactivo. Articulo 7º.- PERDIDA DEL BENEFICIO La perdida del beneficio de fraccionamiento o del compromiso de pago suscrito durante la vigencia de la presente Ordenanza, MORDAZA lugar a la perdida de los beneficios de condonacion otorgados, los mismos que seran revertidos continuandose con el respectivo procedimiento de cobranza en el estado en que se encontraban al momento del acogimiento a los beneficios que se aprueban mediante la presente norma. Articulo 8º.- DECLARACION Y ACTUALIZACION DE DATOS SIN MULTA TRIBUTARIA Los administrados que a la fecha de publicacion de la presente Ordenanza no hayan cumplido con la obligacion de comunicar a la Municipalidad la adquisicion o transferencia de un predio (ya sea por venta, compra, donacion, herencia, remate, anticipo de legitima, entre otros), podran realizar la Declaracion Jurada respectiva sin aplicacion de Multas Tributarias durante la vigencia de la presente norma. Se procedera de igual forma para los casos de modificacion del valor del predio, actualizacion de domicilio fiscal y actualizacion de uso del predio.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Establecen pago minimo del Impuesto Predial y aprueban cronograma de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2014-MDI Imperial, 31 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CANETE POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, en Sesion Ordinaria de fecha 31 de marzo del ano 2014, visto el Informe Nº 098-2014-GTM-MDI de la Gerencia de Tributacion Municipal; Informe Nº 123-2014/ OAJ-MDI de la Oficina de Asesoria Juridica; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.