TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Miércoles 23 de abril de 2014 521411 y de Asuntos Legales en sus Dictámenes Nos. 65-2014- MML-CMAEO y 18-2014-MML-CMAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la ejecución de la expropiación dispuesta por la Ley Nº 30019 que modifi ca la Ley Nº 29089, que declara de necesidad pública la construcción de la obra de gran envergadura denominada “Vía de interconexión de los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho”, en la provincia y departamento de Lima, ampliándola en el sentido de expropiar once inmuebles adicionales ubicados en la zona de infl uencia de ejecución de la obra. Artículo Segundo.- Aprobar el valor total de tasación contenidos en cada uno de los Informes Técnicos de Tasación y disponer el inicio de las negociaciones para la adquisición de los predios materia de expropiación, para lo cual se designa a la Municipalidad Metropolitana de Lima como sujeto activo; y, como sujeto pasivo a los propietarios de los predios ubicados en el distrito de San Juan de Lurigancho, indicados en el Anexo 1, quienes deberán ser notifi cados conforme a lo establecido en el literal c) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Los predios a expropiarse están detallados en coordenadas UTM de validez universal, conforme al Anexo 2. El valor total de tasación más el 10% de cada uno de los predios a aprobar, considerando los Informes Técnicos de Tasación, es el siguiente: Nº Mz. Lote Monto de Valuación según la DNC Monto con 10% Adicional 01 K’2 38 S/. 274,285.16 S/. 301,713.67 02 K’2 39 S/. 187,518.77 S/. 206,270.64 03 K’2 40 S/. 344,388.39 S/. 378,827.22 04 K’2 47 S/. 97,424.22 S/. 107,166.64 05 K’2 48 S/. 363,474.22 S/. 399,821.64 06 K’2 49 S/. 94,371.59 S/. 103,808.74 07 K’2 31 S/. 71,923.27 S/. 79,115.59 08 K’2 32 S/. 322,704.33 S/. 354,974.76 09 K’2 30 S/. 91,692.76 S/. 100,862.03 10 H 2 S/. 24,397.58 S/. 26,837.33 Articulo Tercero.- Autorizar el pago del justiprecio, que incluye el 10% adicional al valor comercial de los predios materia de expropiación en el trato directo, más los gastos adicionales, así como la indemnización por daño emergente y lucro cesante, de corresponder estos últimos conceptos, según Ley Nº 30025. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Empresa Municipal de Administración de Peaje de Lima S.A. – EMAPE S.A., que ejecute el proceso expropiatorio, inicie las negociaciones para la adquisición de los predios, cancele el justiprecio con cargo a los recursos que dispone, adquiera los inmuebles a nombre de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, asimismo, que para lograr dicha fi nalidad inicie los procesos administrativos, arbitrales, judiciales y extrajudiciales, con las facultades establecidas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil. Artículo Quinto.- Autorizar al Gerente General de EMAPE S.A., para que en nombre y representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, suscriba la minuta, escritura pública y cualquier otra documentación necesaria para la formalización de la transferencia de los inmuebles a su favor. Artículo Sexto.- Disponer que EMAPE S.A. proceda con la anotación preventiva de la expropiación dispuesta, en las partidas registrales del Registro de la Propiedad Inmueble, correspondiente a los inmuebles descritos en el Anexo 1 del presente Acuerdo, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Artículo Setimo.- Disponer que EMAPE S.A., la Gerencia de Finanzas y la Gerencia de Planifi cación, efectúen las acciones de carácter administrativo, fi nanciero y presupuestario necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1075019-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen Régimen de incentivos en los arbitrios municipales y aprueban prórroga de plazo para la presentación de la declaración jurada del ejercicio 2014 y pago de primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA Nº 195-2014-MDC Cieneguilla, 13 de febrero de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA VISTO; En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 014 -2014–GATR-MDC, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el Proveído Nº 020 -2014-GM-MDC de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 037-2014-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos a los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2014 y la prórroga del vencimiento de la presentación de la declaración jurada del impuesto predial y el vencimiento del pago de la primera cuota del arbitrio municipal en el Distrito de Cieneguilla, conformidad con lo establecido en el artículo 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; los regidores integrantes del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, han dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS EN LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL EJERCICIO 2014 Y EL VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- ESTABLECER un Régimen de Incentivos de rebaja del diez por ciento (10%) sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2014 para lo cual los contribuyentes podrán cumplir con alguna de las siguientes condiciones: a) Pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio al vencimiento de pago de la primera cuota de los tributos. b) Estar al día en el pago de sus tributos hasta el ejercicio anterior y pagar dentro de las fechas de vencimiento las cuotas fraccionadas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio. Artículo Segundo.- Establecer una PRÓRROGA, para la presentación de la Declaración Jurada del ejercicio 2014 y para el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y de la primera cuota de los Arbitrios Municipales del 2014 hasta el 31 de Marzo del 2014. DISPOSICIONES FINALES Primera Disposición Final.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda Disposición Final.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y a las demás Unidades Orgánicas, el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza, a Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), a la Subgerencia de