Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (26/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521708 personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modi fi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Chile detallado a continuación, del 28 al 30 de abril de 2014, para que participen en la Primera Reunión entre Autoridades Marítimas Fronterizas de Arica e Ilo. 1. Capitán de Navío Felipe BRAVO Cubillos 2. Capitán de Fragata Javier CACERES Erazo Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1077211-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2014-DE/SG Lima, 25 de abril de 2014 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DSD) Nº 270 del 7 de abril de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con O fi cio Nº 869-2014-MINDEF/VPD/B/01.a del 22 de abril de 2014, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 4 al 7 de mayo de 2014, a fi n de participar en reuniones o fi ciales con funcionarios del gobierno peruano y tratar temas de mutuo interés; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modi fi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 4 al 7 de mayo de 2014, a fi n que participen en reuniones ofi ciales con funcionarios del gobierno peruano y tratar temas de mutuo interés. 1. Brigadier General USA Jhon M. CHO 2. Brigadier General USA Jhon P. JONHSON3. Brigadier General USA James E. KRAFT4. Brigadier General USA Timothy P. MC GUIRE5. Brigadier General USA Robert P. WALTERS6. Brigadier General USA Jhon M .WOOD7. Brigadier General USAF James B. HECKER8. Brigadier General USAF Patrick X. MORDENTE9. Brigadier General USAF Richard M. MURPHY10. Contralmirante USN Christian D. BECHER11. Contralmirante USN Jhon P. NEAGLEY12. Contralmirante USN David R. PIMPO13. Contralmirante USN Richard L. WILLIAMS14. Mayor General USAR David J. CONBOY15. Mayor General ARNG Timothy E. ORR16. Coronel USA Kristie LOWRY17. Teniente Coronel USA Kirk GREINER Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1077211-4 ECONOMIA Y FINANZAS Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidasen el Contrato de Concesión del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao” DECRETO SUPREMO N° 086-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2013-EF, publicada el 10 de enero de 2013 se rati fi caron los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en virtud de los cuales se aprobaron el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao” y se rati fi có la incorporación del referido proyecto al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN; Que, el 11 de enero de 2013 se convocó al Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”; Que, el 28 de marzo de 2014, se adjudicó la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales a que se re fi ere el considerando precedente al Consorcio Nuevo Metro de Lima, quien, de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso, ha constituido la sociedad concesionaria denominada Metro de Lima Línea 2 S.A.; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado