Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2014 (26/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

521709 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a que se refiere el D.S. N° 3552013-EF a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 138-2014-EF/52
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 355-2013-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento externo acordada con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KFW, hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 EUROS), y un Aporte Financiero No Reembolsable de hasta por EUR 1 000 000,00 (UN MILLON Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Riego y Manejo de Recursos Hidricos en la Sub Region Chanka - MORDAZA II", cuya Unidad Ejecutora estara a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Apurimac; Que, el Articulo 4 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento externo y del aporte financiero no reembolsable mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial; Que, de otro lado, el Articulo 6 del Decreto Supremo MORDAZA mencionado establece que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos, que ocasione la referida operacion de endeudamiento, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0082014-EF y el Decreto Supremo N° 355-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traspaso de los recursos derivados de la operacion de endeudamiento externo y del aporte financiero no reembolsable aprobados por el Decreto Supremo N° 3552013-EF, asi como lo referido a la atencion del servicio de la deuda de la operacion de endeudamiento. Articulo 2.- Autoricese al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el articulo precedente de esta resolucion ministerial, asi como toda documentacion necesaria para su implementacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que, mediante decreto supremo, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en su sesion del 21 de MORDAZA de 2014, se acordo otorgar, mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao", a celebrarse con la Sociedad concesionaria denominada Metro de MORDAZA Linea 2 S.A.; Que, en virtud de lo expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, establecidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao", a favor de la empresa Metro de MORDAZA Linea 2 S.A., quien, en su calidad de Sociedad Concesionaria, suscribira el indicado contrato; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, MORDAZA complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Declaraciones y seguridades Otorguese, mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion del Proyecto: "Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao", a celebrarse con la empresa Metro de MORDAZA Linea 2 S.A., en su calidad de Sociedad Concesionaria del referido proyecto. Articulo 2º.- Ambito de las seguridades y garantias La amplitud de las seguridades y garantias a que se refiere el articulo precedente sera la que determine el Contrato de Concesion, observandose lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Publicos. Esta garantia no constituye una garantia financiera. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a suscribir, en representacion del Estado de la Republica del Peru, el contrato a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

1077133-1

EDUCACION
Aceptan renuncia de Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2014-MINEDU
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2014

1077213-1

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