Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2014 (26/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

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la Constitucion o la ley, o cuando no hayan sido expedidas o publicadas en la forma prescrita por la Constitucion o la ley, segun el caso. Al igual que el MORDAZA de inconstitucionalidad, el de accion popular es uno de control concentrado y de caracter abstracto, en tanto que el Juez constitucional observara su compatibilidad o incompatibilidad con la Constitucion y sus leyes de desarrollo ­ a diferencia del control difuso - con independencia de su vinculacion con un caso en particular. SEGUNDO: Mediante escrito de fojas veinticinco, AFOCAT CETU PERU, interpone accion popular para que se modifique el articulo 27 inciso 27.2 del Decreto Supremo N° 040-2006-MTC, que aprueba el Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA AFOCAT, y de funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA, asi como el numeral 27.2 del articulo 27 del Decreto Supremo N° 012-2007MTC, que modifica el mencionado reglamento, en cuanto senala que los gastos administrativos no podran representar mas del 20% de los aportes, alegando que dicho texto legal debe establecer que los gastos administrativos podran representar mas del 40% de los aportes, pues en su caso, los gastos administrativos de su representada superan el 46%, tal y conforme aparece de su Declaracion de Pago Anual de Impuesto a la Renta Tercera Categoria, referido al ejercicio gravable 2009, cuya MORDAZA obra a fojas veintidos; considera el recurrente que el porcentaje del 20% de los gastos administrativos es muy diminuto. TERCERO: Al respecto, conforme se ha precisado en la sentencia apelada, la demanda interpuesta no solo no precisa de modo MORDAZA y concreto en que radica la inconstitucionalidad alegada, sino que la MORDAZA cuestionada atendiendo a las circunstancias expuestas en su parte considerativa, ha considerado conveniente en procura de garantizar precisamente el pago de las indemnizaciones y beneficios correspondientes a las victimas de accidentes de MORDAZA, en base a informacion transparente sobre siniestralidad de los vehiculos. CUARTO: Del analisis del recurso de apelacion de fojas ciento treinta y cinco, aparece que el argumento impugnatorio en el que se sustenta el agravio, se circunscribe a: a) establecer que la sentencia recurrida no ha tenido presente los fundamentos de hecho de su demanda ni la controversia que existe entre la MORDAZA reglamentaria impugnada y los articulos 1, 2 incisos 1 y 2, 15, 17, 20, 23 e incisos 1, 2 y 3 del articulo 26 de la Constitucion Politica del Estado; y b) no habersele notificado al Procurador Publico de la Presidencia del Consejo de Ministros con MORDAZA de la demanda y anexos. QUINTO: En lo concerniente al primer extremo del agravio descrito en el literal a), cabe destacar que a traves de la accion popular cualquier ciudadano puede exigir el ejercicio del control de constitucionalidad de una MORDAZA, explicando las razones por las que considera que la MORDAZA reglamentaria materia de impugnacion contraviene la Ley o la Constitucion, no pudiendo ingresarse a su examen con la sola mencion de las normas constitucionales supuestamente impugnadas, en la medida que al constituir carga procesal del demandante la sustentacion de la inconstitucionalidad o ilegalidad del Reglamento, esta no puede ser asumida por el Juez, tanto mas si la expulsion del ordenamiento juridico de una MORDAZA reglamentaria por ser contraria a una MORDAZA de caracter constitucional, constituye una prerrogativa jurisdiccional de MORDAZA ratio, que no puede ser invocada a menudo, habida cuenta que en atencion al MORDAZA de Presuncion de Constitucionalidad de las normas, por el solo hecho de haber sido expedidas por el organo constitucional encargado de legislar, siguiendo todo un MORDAZA de formacion de las leyes a traves del "iter legislativo", aspecto que tampoco ha sido cuestionado en autos, se presume que son constitucionales y guardan MORDAZA MORDAZA con las disposiciones contenidas en la Carta Fundamental. SEXTO: Respecto al agravio denunciado en el literal b), es de advertir que la entidad recurrente sustenta este extremo de su pretension impugnatoria respecto de una supuesta omision en la notificacion a la parte demandada, aspecto que no lo agravia directamente, por lo que tampoco merece ser amparado. SETIMO: En consecuencia, al no advertirse de los fundamentos de hecho de la demanda, la identificacion

Que, de la evaluacion de la documentacion presentada por Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. y luego de la inspeccion efectuada, se ha determinado que dicha empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtencion de la autorizacion de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, MORDAZA de iniciar sus operaciones, Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 186 de la Ley de MORDAZA de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 3, numeral 1, del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores; asi como el articulo 12, numeral 1, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. como sociedad agente de bolsa. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- MORDAZA del inicio de sus operaciones, Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera constituir la garantia a que se refiere el articulo 136 de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como dar cumplimiento a los demas requisitos previstos en el articulo 186 de dicha ley. Articulo 4º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv. gob.pe). Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1073328-1

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Confirman sentencia que declaro improcedente demanda de Accion Popular para que se modifique el Art. 27 inciso 27.2 del Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC, asi como el numeral 27.2 del art. 27 del Decreto Supremo Nº 012-2007-MTC
Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Corte Suprema de Justicia de la Republica SENTENCIA A.P. 3029 - 2011 MORDAZA MORDAZA, quince de marzo del dos mil doce. VISTOS; Por sus fundamentos, y CONSIDERANDO: PRIMERO: El articulo 76 del Codigo Procesal Constitucional senala que la demanda de accion popular procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones de caracter general, cualquiera que sea la autoridad de la que emanen, siempre que infrinjan

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