Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2014 (26/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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mediante la presente resolucion corresponde al periodo comprendido entre el 01 de MORDAZA de 2014 y el 03 de agosto de 2014, toda vez que, el dia 01 de MORDAZA se produce la actualizacion de las tarifas electricas y por otro lado, el 01 de MORDAZA de 2014 se iniciara la vigencia de los Precios en MORDAZA que se fijen en el presente ano, por lo que a efectos de evitar recalculos continuos y de conformidad con el MORDAZA de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente en esta oportunidad que el factor del recargo del FOSE y el programa de transferencias externas entren en vigencia el mismo dia de actualizacion, es decir, el dia 01 de MORDAZA y culminen el ultimo dia de la vigencia de los Precios en MORDAZA, es decir, el dia 03 de agosto, de modo que para el siguiente trimestre la vigencia del MORDAZA Factor FOSE y Transferencia, coincida con la entrada en vigencia de la nueva fijacion tarifaria; Que, se han emitido los Informes N° 187-2014-GART y Nº 029-2014-GART de la Division de Distribucion Electrica y de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en la Ley N° 27510 que creo el Fondo de Compensacion Social Electrica, , en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion N° 12-2014. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebese en 1,026 el Factor de Recargo del Fondo de Compensacion Social Electrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio publico de electricidad de los sistemas interconectados a que se refiere el Articulo 2° de la Ley N° 27510, aplicable en la facturacion del periodo comprendido entre el 01 de MORDAZA 2014 ­ 03 de agosto 2014. Articulo 2°.- Apruebese el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo 01 de MORDAZA 2014 ­ 03 de agosto 2014.
Programa de Transferencias Externas (En Nuevos Soles)
Empresas Aportantes Edelnor Fecha Limite de Transferencia Empresas Receptoras Adinelsa Chavimochic Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Tocache Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Emseusa Hidrandina Seal Sersa Eilhicha Peru MicroEnergia Esempat Luz del Sur Fecha Limite de Transferencia Electro Ucayali Fecha Limite de Transferencia Empresas Receptoras Electrocentro

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014 Empresas Aportantes Coelvisac Fecha Limite de Transferencia

15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 66 424 66 340 65 543 56 583 52 750 Edecanete Fecha Limite de Transferencia 48 991

Electro Dunas Fecha Limite de Transferencia Empresas Receptoras Electrocentro

15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 148 083 124 095 98 840 6 376 4 049 1 536

Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes N° 187-2014-GART y N° 029-2014GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1076844-3

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan funcionamiento de Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. como sociedad agente de bolsa
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 041-2014-SMV/02 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 La Superintendente del MORDAZA de Valores VISTOS: El Expediente N° 2013044269, asi como el Informe N° 211-2014-SMV/10 del 04 de MORDAZA de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia General de Supervision de Entidades Nº 120-2013-SMV/10.2 del 14 de octubre de 2013, se otorgo a Renta 4 Banco S.A. y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion para la organizacion de una sociedad agente de bolsa denominada Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, Renta 4 Banco S.A. y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron a la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV autorizacion de funcionamiento para actuar como sociedad agente de bolsa; Que, el articulo 7 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10 y sus modificatorias, asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 091-2012SMV/02 y sus modificatorias, senalan los requisitos que deben cumplirse a efectos de obtener la autorizacion de funcionamiento de un agente de intermediacion; Que, la SMV, a traves de la Intendencia General de Supervision de Entidades y la Oficina de Tecnologias de Informacion, realizo una visita de inspeccion a las instalaciones de Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A., a efectos de verificar que esta cuenta con la infraestructura fisica, capacidad tecnologica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento;

15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 15/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 276 216 3 645 1 061 1 360 380 214 588 290 011 400 466 67 481 632 804 262 295 188 543 23 205 3 329 4 740 266 418 39 322 5 745 25 946 42 344 11 876 257 390 3 892 1 045 1 348 366 555 562 299 749 383 133 67 727 600 721 255 685 192 646 26 380 3 451 4 579 264 004 46 604 5 689 26 069 42 265 11 875 227 192 4 165 1 029 1 334 352 018 538 309 714 364 729 67 139 565 239 249 905 197 284 29 768 3 573 4 426 262 962 54 697 5 635 26 164 42 140 11 869 414 722 5 473 1 592 2 043 570 869 883 435 436 601 278 101 319 950 119 393 822 283 086 34 841 4 999 7 116 400 011 59 041 8 625 38 956 63 578 17 831 391 476 5 919 1 590 2 049 557 510 854 455 901 582 722 103 009 913 661 388 881 293 004 40 123 5 250 6 964 401 535 70 882 8 652 39 650 64 283 18 062 350 647 6 428 1 588 2 058 543 301 830 478 011 562 919 103 621 872 386 385 701 304 486 45 944 5 514 6 830 405 853 84 418 8 698 40 382 65 038 18 319

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