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El Peruano Martes 29 de abril de 2014 521848 solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra Corina De La Cruz Yupanqui, alcaldesa del citado concejo municipal, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, debiendo proceder de conformidad con lo expuesto en la presente resolución, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de San Martín, para que las remita al fi scal provincial penal de turno, a fi n de que evalúe la conducta de los miembros del Concejo Provincial de Tocache y de los demás funcionarios municipales que resulten responsables, de acuerdo con sus competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese.SS.TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCOCORNEJO GUERRERORODRÍGUEZ VÉLEZSamaniego Monzón Secretario General 1077580-2 Devuelven actuados para que se emita pronunciamiento sobre pedido de declaratoria de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, provincia y departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 252-2014-JNE Expediente J-2014-00061 PARINARI - LORETO - LORETORECURSO DE APELACIÓN Lima, veintisiete de marzo de dos mil catorceVISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Lizandro García Reyna en contra el Acuerdo de Concejo Nº 005-2013-SE-MDP, adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2013-A.MDP, de fecha 17 de diciembre de 2013, que declaró fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar formulada por Víctor Manuel García Acosta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, provincia y departamento de Loreto, en el procedimiento de vacancia seguido contra dicho burgomaestre por la causal establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales. ANTECEDENTESSolicitud de vacancia Con fecha 4 de octubre de 2013, Lizandro García Reyna, solicitó ante el respectivo concejo municipal la vacancia de Víctor Manuel García Acosta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, por haber incurrido en la causal de restricción de contratación de bienes municipales (fojas 5 a 10). El solicitante alegó como fundamento de su pedido que la Municipalidad Distrital de Parinari, representado por su gerente de administración y la empresa Norland Construcciones S.R.L., suscribieron cinco contratos de ejecución de obra derivados de procesos de adjudicación de menor cuantía, para la construcción de pozos artesianos y tanques elevados en las comunidades de Puerto Auxilio, San Miguel, Nueva Fortuna, San José de Samiria y Nueva Santa Rosa, respectivamente. Indicó también que conforme a la partida registral Nº 11026015, los socios fundadores de la empresa antes mencionada serían Manuel Andrés Noriega Tello y su esposa Lybia Patricia Landa Olórtegui (quien labora como contadora en la Municipalidad Distrital de Parinari), además de Marlon Clark Noriega Tello, este último nombrado gerente general. Con fecha 25 de abril de 2011, se trans fi eren las acciones de Manuel Andrés Noriega Tello a Jesús Salvador Suárez Rengifo, y las de Marlon Clark Noriega Tello a James Torres Puga, nombrándose como nuevos gerente general a Jesús Salvador Suárez Rengifo, todo con el objeto de ocultar a los reales propietarios de la empresa Norland Construcciones S.R.L., hasta lograr la fi rma de los contratos de ejecución de obras con la Municipalidad Distrital de Parinari. Luego de la fi rma de tales contratos, se realiza la trasferencia de participaciones de Jesús Salvador Suárez Rengifo a favor de Marlon Clark Noriega Tello, nombrándose como nuevo gerente general a este último. A la vez, señaló que el propósito de las transferencias antes detalladas fue que la empresa Norland Construcciones S.R.L. suscribiera los contratos de ejecución de obras antes detallados, resultando bene fi ciada Lybia Patricia Landa Olórtegui, funcionaria de confi anza del alcalde cuestionado, y la referida autoridad, quien debió conocer la relación vinculante que existe entre la funcionaria municipal y dicha empresa, representada por Marlon Clark Noriega Tello, cuñado de la primera. Sin embargo, el alcalde cuestionado no realizó las acciones administrativas pertinentes para ejercer las medidas correctivas correspondientes en ninguna de las fases de los procesos de selección, ni en la fase de ejecución, permitiendo que se origine un con fl icto de intereses. El solicitante adjuntó a su solicitud de vacancia los siguientes medios probatorios: - Copias de las fi chas de reporte SEACE, contratos de ejecución de obras Nº 002-20012-SGA y P-MDP, Nº 003-20012-SGAyP-MDP, Nº 004-20012-SGAyP-MDP, Nº 005-20012-SGAyP-MDP, Nº 010-20012-SGAyP-MDP (fojas 13 a 37). - Copia literal de la partida electrónica Nº 11026015 de la SUNARP (fojas 38 a 47). - Copias de fi chas Reniec de Manuel Andrés Noriega Tello, Lybia Patricia Landa Olórtegui y Marlon Clark Noriega Tello, partidas de nacimiento de Manuel Andrés Noriega Tello y Marlon Clark Noriega Tello, y partida de matrimonio de Lybia Patricia Landa Olórtegui (fojas 48 a 53). Descargo del alcalde cuestionado (excepción de legitimidad para obrar) Mediante escrito de descargo del 16 de diciembre de 2013 (fojas 71 a 78), Víctor Manuel García Acosta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Parinari, deduce excepción de falta de legitimidad para obrar del solicitante, señalando que este habría sido autoridad municipal del Centro Poblado de Mira fl ores, distrito de Nauta, provincia de departamento de Loreto, conforme a la copia de la credencial otorgada por la Municipalidad Provincial de Loreto (fojas 79), por lo que no sería vecino. Indicó también que para la fi rma de los contratos de ejecución de obras delegó al gerente de administración y fi nanzas, y que los encargados de los procesos de selección son los miembros del comité de obras de la municipalidad, quienes evalúan a los participantes, no existiendo injerencia directa ni indirecta de su parte para bene fi cio propio o de un tercero. Pronunciamiento del Concejo Distrital de ParinariEn Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 006-2013-A- MDP, del 17 de diciembre de 2013, se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 005-2013-SE-MDP por el que se declaró, por unanimidad, fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del solicitante Lizandro García Reyna (fojas 68 a 70).