TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Martes 29 de abril de 2014 521844 la autoridad cuestionada, conforme al artículo 101, numeral 101.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicación supletoria en el presente caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVACHÁVARRY VALLEJOSAYVAR CARRASCOCORNEJO GUERRERORODRÍGUEZ VÉLEZSamaniego Monzón Secretario General 1077580-1 Declaran nulo acuerdo de concejo que declaró la vacancia de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tocache RESOLUCIÓN Nº 239-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01600 TOCACHE - SAN MARTÍN RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinticinco de marzo de dos mil catorceVISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Corina De La Cruz Yupanqui, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tocache, departamento de San Martín, en contra del acuerdo de concejo adoptado el 3 de octubre de 2013, que declaró su vacancia en el cargo por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2013-00536, y oídos los informes orales. ANTECEDENTESLa solicitud de declaratoria vacancia El 29 de abril de 2013, Carmen Hilda Camones Hinostroza presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones una solicitud de traslado de declaratoria de vacancia contra Corina De La Cruz Yupanqui, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tocache, departamento de San Martín, por considerarla incursa en la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), concerniente a las restricciones en la contratación. La solicitud de declaratoria de vacancia generó el Expediente Nº J-2013-00536. La solicitante de la vacancia sustentó su pedido en los siguientes fundamentos: - La alcaldesa adquirió alimentos del Programa de Complementación Alimentaria - PCA para provecho personal, al ordenar a sus funcionarios que le entreguen los víveres detallados en las Actas de entrega Nº 002-2011-MPT, del 6 de mayo de 2011, Nº 003-2011-MPT, del 13 de mayo de 2011, Nº 011-2011-MPT, del 15 de julio de 2011 y Acta s/n, de octubre de 2011 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 30, 31, 32 y 33, respectivamente). - A través del O fi cio Nº 011-2011-PRONAA-OCTCH/ J, del 13 de abril de 2011, y los O fi cios Nº 00115-2012- CG/ORHC, Nº 00116-2012-CG/ORHC y 00118-2012-CG/ORHC, todos de fecha 19 de enero de 2012, emitidos por la Contraloría General de la República (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 34, 41, 43 y 45, respectivamente), referidos a la gestión y ejecución de gasto del Programa de Vaso de Leche, se advierte que “no existen los contratos de los ganadores de la buena pro, ni tampoco los documentos sustentatorios para la distribución de los alimentos a los bene fi ciados”, de lo que se concluye que la alcaldesa adquirió el dinero del programa social. - La alcaldesa se coludió con el comité especial para orientar la Licitación Pública Nº 02-2011-MPT-CE y bene fi ciar con el otorgamiento de la buena pro al Consorcio Tocache, que no cumplía con las bases del proceso de selección y las disposiciones pertinentes del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, lo que conllevó que no se cumpliera con ejecutar la obra en el plazo previsto en el Contrato de Ejecución de Obra Nº 064-2011-MPT (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 47 a 50), pese a lo cual otorgó al contratista un pago adicional de S/. 430 308,67 por Resolución de Alcaldía Nº 350-2012-MPT (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 54 a 56). - La alcaldesa suscribió los Contratos Nº 022-2012- MPT, de fecha 24 de enero de 2012, y Nº 054-2012-MPT, de fecha 27 de diciembre de 2011 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 57 a 60, y 63 a 66, respectivamente), con la proveedora Edith Grández Montejo, para la adquisición de agregados y otros, materiales de propiedad del Estado y administrados por la municipalidad, con lo que se demuestra que se valió de un tercero para bene fi ciarse personalmente. - Para el transporte de los agregados y otros, la alcaldesa suscribió el Contrato de Servicios Nº 005-2012-MPT-A, de fecha 6 de enero de 2012 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 67 a 70), con la proveedora Teresa De Jesús Ruiz Hidalgo, para el alquiler de un volquete, y para que se movilice dicho vehículo, suscribió el Contrato Nº 013-2012-MPT, de fecha 20 de enero de 2012 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 74 a 77), con la empresa Characato Súper Grifo S.A.C., todo lo cual acredita que existió “una ruleta concertada” con sus funcionarios para aprovecharse del dinero para la compra de agregados, alquiler de volquete y adquisición de combustible. - Como parte de esa concertación, del portal de transparencia del Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 73), se acredita que la alcaldesa otorgó también la buena pro a Jorge Torres Delgado sobre el servicio de medidas de impacto ambiental para su bene fi cio personal, puesto que “no se hizo absolutamente nada” con respecto al mismo. La convocatoria a sesión extraordinaria de concejo para resolver la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra de la alcaldesa Mediante Auto Nº 2, del 9 de agosto de 2013 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 168 a 172), se dispuso sobrecartar las piezas procesales ordenadas en el Auto Nº 1, de fecha 13 de mayo de 2013, a través del cual se corrió traslado al Concejo Provincial de Tocache de la solicitud de declaratoria de vacancia presentada. Asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones requirió a la alcaldesa Corina De La Cruz Yupanqui a que en el plazo máximo de tres días hábiles, luego de noti fi cada con el Auto Nº 2, convocara a sesión extraordinaria de concejo para tratar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en su contra. De los cargos que corren de fojas 223 a 232 del Expediente Nº J-2013-00536 se aprecia que el Auto Nº 2 y la solicitud de declaratoria de vacancia, en un total de 110 folios, fueron noti fi cados entre el 29 de agosto y el 12 de setiembre de 2012 a la alcaldesa y demás integrantes del concejo municipal. A través del escrito presentado el 21 de octubre de 2012 (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 187 a 222, incluidos los anexos), Reinerio Núñez Frías, primer regidor de la Municipalidad Provincial de Tocache, informó que el 16 de setiembre de 2013, él y otros seis regidores solicitaron a la alcaldesa Corina De La Cruz Yupanqui que convoque a sesión extraordinaria de concejo para resolver la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en su contra (Expediente Nº J-2013-00536, fojas 192), y que al no ser atendido el pedido en el lapso de cinco días hábiles,