Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2014 (12/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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El Peruano Martes 12 de agosto de 2014

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de los pliegos Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior y Ministerio Publico
DECRETO SUPREMO N° 230-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, aprobo, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 004: Poder Judicial, 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 007: Ministerio del Interior y 022: Ministerio Publico; Que, el Decreto Legislativo N° 957, promulga el Codigo Procesal Penal, aprobado por la Comision Especial de Alto Nivel constituida por Decreto Supremo N° 005-2003-JUS, estableciendose en la Primera Disposicion Complementaria Final, del citado Decreto Legislativo que el Codigo Procesal Penal entrara en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales segun un calendario oficial, aprobado por Decreto Supremo, dictado de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo que establecera las normas complementarias y de implementacion del Codigo Procesal Penal; Que, mediante Decreto Legislativo N° 958, que regula el MORDAZA de Implementacion y Transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal, se establece las normas aplicables al MORDAZA de implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como las aplicables al periodo de transicion entre el actual regimen procesal penal y el MORDAZA Codigo Procesal Penal; Que, el articulo 2 del Decreto Legislativo citado en el considerando precedente, crea la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, para el diseno, conduccion, coordinacion, supervision y evaluacion del MORDAZA de implementacion de la reforma procesal penal; ademas, el articulo 4 senala como una de sus atribuciones establecer, en coordinacion con las entidades concernidas, los programas anuales de adecuacion, provision de recursos materiales y humanos que permitan la ejecucion de los Planes de Implementacion progresiva del Codigo; Que, el articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 958 senala que dicha comision esta integrada por representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Ministerio de Economia y Finanzas, Poder Judicial y Ministerio Publico; y que dicha Comision cuenta con un Secretario Tecnico que es nombrado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, fija las reglas y procedimientos relativos a la investigacion, juzgamiento y sancion de los delitos cometidos por organizaciones criminales; Que, el articulo 4 de la citada Ley dispone que para la investigacion, juzgamiento y sancion de los integrantes de una organizacion criminal, personas vinculadas a MORDAZA o que actuan por encargo de la misma, que cometan los delitos senalados en el articulo 3 de esa Ley rigen las normas y disposiciones del Codigo Procesal Penal aprobado mediante Decreto Legislativo N° 957, sin perjuicio de las disposiciones especiales contenidas en dicha Ley; Que, mediante los Oficios N°s. 699 y 0703-2014-JUS/ DM, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita recursos adicionales hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 625 161,00), para financiar la implementacion de

la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, a favor de los pliegos Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior y Ministerio Publico; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados a favor del Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior para la implementacion de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los pliegos citados en el primer considerando, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 625 161,00) a favor de los citados pliegos, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor de los pliegos 004: Poder Judicial, 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 007: Ministerio del Interior y 022: Ministerio Publico, hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 625 161,00), para ser destinados a atender los gastos que demande la implementacion de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 004 : Poder Judicial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 305 956,00 2.3 Bienes y Servicios 5 726 663,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SUB TOTAL PLIEGO 004 3 991 627,00 ------------------14 024 246,00 ------------------43 625 161,00 ------------------43 625 161,00 ===========

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