Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2014 (13/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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2005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion del servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA establecido en el parrafo anterior y al no haber emitido este Ministerio el pronunciamiento expreso respecto a la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2011-020822, la misma ha quedado aprobada en aplicacion del silencio administrativo positivo que se configuro el 03 de noviembre de 2011; Que, mediante Informe N° 3153-2011-MTC/29.02 del 22 de junio de 2011, MORDAZA con Informes N° 1559-2012MTC/29.02 del 02 de MORDAZA de 2012, N° 6187-2012-MTC/29.02 del 28 de diciembre de 2012 y precisado mediante Informe N° 577-2013-MTC/29.02 del 18 de marzo de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 07 de junio de 2011, a la estacion del servicio de radiodifusion por television autorizada a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. en la localidad de Iquitos; verificandose que presta el servicio de radiodifusion por television conforme a las condiciones y caracteristicas tecnicas autorizadas y de acuerdo a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, que cumple con el proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial N° 183-2004MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en UHF, para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Iquitos, lugar donde opera la estacion de radiodifusion materia de renovacion de autorizacion; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television. Ademas, senala que las solicitudes de transferencia deberan ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias, transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada, encontrandose dicho procedimiento sujeto a silencio administrativo positivo; Que, mediante Informe N° 0550-2013-MTC/28 del 15 de marzo de 2013, MORDAZA con Informe N° 1498-2014MTC/28 del 22 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, respecto a las solicitudes de renovacion y transferencia de autorizacion presentadas por la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., opina lo siguiente: - Declarar aprobada al 03 de noviembre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 829-2001-MTC/15.03 a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. presentada con escrito de registro N° 2011020822; verificandose que la solicitante a la fecha de la configuracion del silencio administrativo positivo ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones previstas en la MORDAZA para tal efecto, y que no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA

El Peruano Miercoles 13 de agosto de 2014

del Ministerio; por lo que debe expedirse la resolucion respectiva. - Declarar aprobada la solicitud de transferencia de la autorizacion objeto de renovacion a favor de la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO ­ ENLACE, debiendo procederse a expedir la Resolucion Viceministerial en tales terminos, la misma que debera incluir su reconocimiento como nueva titular de dicha autorizacion, asi como de los derechos y obligaciones derivados de la misma, al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio. De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 03 de noviembre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 829-2001-MTC/15.03 a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 05 de octubre de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF en la localidad de Iquitos, departamento de Loreto. Articulo 2º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. mediante Resolucion Viceministerial Nº 829-2001-MTC/15.03, renovada en virtud del silencio administrativo positivo, a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, a favor de la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE. Articulo 3º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE como titular de la autorizacion renovada en el articulo 1° de la presente resolucion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 4°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 6º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 7º.- La renovacion de autorizacion que se otorga en la presente Resolucion debera adecuarse a las disposiciones del Plan Maestro para la Implementacion de la Television Digital en el Peru y normas complementarias. Articulo 8º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1121649-1

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