Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el VI Congreso Latinoamericano de Inclusion Financiera, el mismo que se llevara a cabo del 18 al 19 de agosto de 2014, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil; CONSIDERANDO: Que, el citado evento tiene como objetivo promover, concientizar y discutir las experiencias de los paises miembros en relacion a las mejores practicas para promover un mayor acceso a los servicios financieros, entre otros; Que, asimismo en este evento se desarrollaran temas vinculados a vision del Banco Central de Brasil, microcredito vision internacional y brasilena, modelo de corresponsables transaccionales, arreglos de pago en la inclusion financiera, estrategias que promueven la inclusion financiera, sobre endeudamiento, legislacion, organismo internacional sobre la inclusion financiera en el MORDAZA, entre otros; Que, en atencion a la invitacion cursada, y en tanto los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar al senor Mynor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Descentralizada de la Oficina Descentralizada de MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para que participe en el indicado evento de capacitacion, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor Mynor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Descentralizada de la Oficina Descentralizada de MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera de la SBS del 17 al 20 de agosto de 2014, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ 610.31 US$ 1,110.00

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1121853-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza Regional que establece porcentajes de distribucion de la bolsa de trabajo de mano de obra y lineamientos para su contratacion en los proyectos de inversion publica ejecutados por el Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 283-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen como finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes. En ese sentido el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de recursos naturales y el ambiente en el territorio regional; teniendo en consideracion para ello principios rectores de las politicas y de la gestion regional, tales como la inclusion, eficacia, eficiencia y equidad. Que, siendo competencia constitucional de los Gobiernos Regionales, el fomento de la competitividad, las inversiones y el financiamiento de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; la ejecucion de las mismas, debe realizarse preponderando criterios de eficiencia y eficacia que procuren su realizacion optima y oportuna; y, adicionalmente, en los casos que la ejecucion se realice por administracion directa, se debe propender a la inclusion social de manera equitativa, de forma tal que se brinde oportunidades a los grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial por el Estado. Que, los Sindicatos de Construccion Civil de la Region MORDAZA, como gremios cuentan dentro de sus afiliados con personal especializado en la materia constructiva y actividades complementarias, a nivel de peones, operarios y oficiales, lo que en cierta medida garantiza una ejecucion de calidad bajo estandares de eficiencia y eficacia. De otro lado dentro de la sociedad civil existen personas de escasos recursos que contando con habilidades y capacidades en la materia constructiva y actividades complementarias, no se encuentran dentro de los gremios de construccion civil; siendo que en ambos casos la necesidad de empleo es apremiante. Que, el Organo Ejecutivo Regional durante siete anos consecutivos ha venido celebrando convenios con los siguientes Sindicatos de Trabajadores de Construccion Civil de la Region Arequipa: Sindicato de Trabajadores de

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de

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