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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (16/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 103

El Peruano Sábado 16 de agosto de 2014 530145 sociedad civil organizada. De ser el caso, dichos padrones deberán facilitarse a las Empresas Contratistas, para que realicen la selección que corresponda. Dichos padrones deberán estar conformados por trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC) conforme a lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 005-2013-TR. Tercera.- En el caso de obras ejecutadas por Gobiernos Locales, en las que el Gobierno Regional haya efectuado transferencias fi nancieras, los respectivos convenios deberán contener una cláusula en la que se establezca como obligación de las Municipalidades la priorización de selección de mano de obra califi cada y no califi cada de la zona de ejecución, y sólo a falta de este se incluya personal de otras localidades. Asimismo, deberá promoverse que dichos niveles de gobierno acojan la bolsa de trabajo establecida en la presente ordenanza regional a favor del sindicato de construcción civil de la localidad donde se ejecutará la obra. Cuarta.- En tanto no se cuente con Sindicato de Construcción Civil en la Provincia de Condesuyos, para la ejecución de proyectos de inversión pública en su jurisdicción, el lugar del Sindicato será asumido por la Seccional Regional para todos los efectos de la presente norma. Quinta.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, bajo responsabilidad, fortalezca y realice acciones de fi scalización y vigilancia, tanto a nivel de Gobierno Regional como gobiernos locales, con la fi nalidad de: i) garantizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de los trabajadores durante la ejecución de las obras, ii) garantizar el cumplimiento de los derechos laborales que asiste a los trabajadores conforme al Régimen de Construcción Civil. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los seis días del mes de agosto del 2014. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de agosto del dos mil catorce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1123417-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud - Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 076-2014-CR-GRH Huánuco, 6 de junio del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional Huánuco, de fecha diecinueve de mayo del año dos mil catorce el Dictamen Nº 021-2014-GRH-CP/CPPPATAL presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, sobre la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud - Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto, asimismo el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 030-2012- CR-GRH, se aprueba la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Dirección Regional de Salud Huánuco y con Ordenanza Regional Nº 105-2010- CR-GRH, de fecha 30 de noviembre del 2010, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Dirección Regional de Salud Huánuco; Que, por efecto del proceso de nombramiento en el marco de las Leyes 28498, 28560 y 29682, ha originado cambios en la estructura orgánica, funciones y competencias, habiéndose creado cargos previstos para la implementación y dar cumplimiento a los dispositivos emitidos para el procesos de nombramiento del personal contratado por toda modalidad, para los Profesionales de la Salud, Médicos Cirujanos, Profesionales de la Salud no Médicos Cirujanos y Personal Técnico Administrativo y Asistencial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, conforme al artículo 6o de dicho texto legal la conducción del proceso de elaboración y formulación del CAP de las entidades es responsabilidad del órgano encargado de racionalización o de quien haga sus veces; asimismo el artículo 16º establece las modifi caciones del CAP estipulando que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el CAP en los siguientes casos: a) cuando la entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones a en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; b) por motivo de reestructuración o reorganización; c) por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su presupuesto analítico de personal; Que, mediante Ofi cio Nº 642-2014-GR-HCO- DRS-DG-OEPE-D, de fecha 20 de febrero del 2014, el Director Regional de la DIRESA HUANUCO, solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la aprobación de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal CAP de la Dirección Regional de Salud Huánuco, por efecto del proceso de transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización, ha