Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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Ordenanza Nº 116-C/MC, incluyendo la exoneracion del cien por ciento (100%) de los reajustes, costos y gastos de cobranzas generadas en la via ordinaria y coactiva; a los administrados que, MORDAZA y durante la vigencia de la presente ordenanza, hayan cumplido con subsanar, subsanen, regularicen o inicien el tramite para la obtencion de la autorizacion municipal o lo que corresponda conforme a lo establecido en el MORDAZA y sus modificatorias y/o hayan cesado de hecho la infraccion incurrida. Estan comprendidas las multas administrativas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva que no se hayan dictado medida cautelares notificadas. b) Rebajar en un noventa por ciento (90%) el pago de las multas administrativas impuestas en aplicacion de la Ordenanza Nº 275-C/MC, con excepcion de los codigos de infraccion establecidos en el inciso c) del presente Articulo, el beneficio incluye la exoneracion del cien por ciento (100%) de los reajustes, costos y gastos de cobranzas generadas en la via ordinaria y coactiva; a los administrados que, MORDAZA y durante la vigencia de la presente ordenanza, hayan cumplido con subsanar, subsanen, regularicen o inicien el tramite para la obtencion de la autorizacion municipal o lo que corresponda conforme a lo establecido en el MORDAZA y sus modificatorias y/o hayan cesado de hecho la infraccion incurrida. Estan comprendidas las multas administrativas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva que no se hayan dictado medidas cautelares notificadas. c) Rebajar en un cincuenta por ciento (50%) el pago de las multas administrativas impuestas por los codigos de infraccion: 01-0211, 01-0213, 01-0301, 01-0302, 010303, 02-0601, 02-0602, 02-0604, 02-0606, 02-0707, 02-0708, 02-0711, 02-0713, 02-0723, 02-0801, 02-0802, 02-0803, 02-0804, 02-0808, 03-0105, 03-0303, 04-0102, 05-0102, 05-0105, 05-0110, 05-0112, 05-0113, 06-0101, 06-0102, 06-0103, 06-0203, 06-0412, 07-0201, 07-0202, 07-0203, 07-0204, 07-0206, 07-0207, 07-0208, 07-0209, 07-0211, 07-0212, 07-0213, 07-0214, 07-0303, 07-0304, 08-0101, 08-0102, 08-0106, 08-0118, 08-0119, 08-0120, 08-0121, 08-0122, 08-0128, 08-0134, 08-0142, 080201, 08-0203, 08-0204, 08-0205, 08-0210, 08-0211 y 08-0216. en aplicacion de la Ordenanza Nº 275-C/MC, incluyendo la exoneracion del cien por ciento (100%) de los reajustes, costos y gastos de cobranzas generadas en la via ordinaria y coactiva; a los administrados que, MORDAZA y durante la vigencia de la presente ordenanza, hayan cumplido con subsanar, subsanen y regularicen con la obtencion de la autorizacion municipal o lo que corresponda conforme a lo establecido en el MORDAZA y sus modificatorias y/o hayan cesado de hecho la infraccion incurrida. Estan comprendidas las multas administrativas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva con medida cautelar notificada y sin ejecucion. d) Exonerar en un noventa por ciento (90%) el pago del saldo total de la deuda de la multa administrativa, impuestas en aplicacion de las Ordenanzas Nº 03-2001-C/MC y su modificatoria Ordenanza Nº 116-C/MC y Ordenanza Nº 275-C/MC, a todos aquellos (as) administrados que hasta, MORDAZA de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, hayan suscrito convenio de fraccionamiento y/ o hayan realizado pago a cuenta, siempre y cuando hayan cumplido con subsanar o regularizar la infraccion o iniciado el tramite de la autorizacion municipal o lo que corresponda, conforme a lo establecido en el MORDAZA, y sus modificatorias. Articulo 3°.- Excepciones No se encuentran comprendidos en los beneficios senalados en los articulos anteriores, las Multas Administrativas siguientes: a) Las impuestas por los Codigos de Infraccion: 1003, 1006, 1007, 1009, 1020, 1026, 1027, 1028, 1039, 1041, 1045, 1046, 1047, 1048, 2004, 2006, 2018, 2021, 2023, 2024, 2026, 2027, 3003, 4005 y 5001 de la Ordenanza N° 03-2001-C/MC y su modificatoria Ordenanza N° 116C/MC. y, b) Las impuestas por los Codigos de Infraccion: 020406, 02-0505, 03-0101, 03-0103, 03-0104, 03-0106, 03-0112, 03-0201, 03-0202, 03-0205, 03-0301, 03-0302, 05-0104, 07-0102, 07-0103, 07-0107, 07-0108, 07-0112,

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

08-0104, 08-0105, 08-0107, 08-0108, 08-0111, 08-0114, 08-0115, 08-0123, 08-0130, 08-0131, 08-0136, 08-0145, 08-0146, 08-0147, 08-0206, 08-0208, 08-0232, 08-0233, 08-0234, 08-0235, 08-0236, 08-0237, 08-0238, 08-0239, 08-0240, 08-0241, 08-0242, 08-0243 y 08-0244 de la Ordenanza N° 275-C/MC. c) Las que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva con medida cautelar notificada y/o medida complementaria en ejecucion. Articulo 4°.- Solicitud Para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, es requisito indispensable que el administrado lo solicite expresamente por escrito, para lo cual debera acercarse a la Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones a efectos de obtener una evaluacion aprobatoria y liquidacion de la Notificacion Municipal de Infraccion, Acta de Constatacion de Infraccion y/o Multa Administrativa, que se encuentre incurso en el beneficio establecido en el articulo 2° de la presente Ordenanza; facilitandosele modelo de Solicitud - Declaracion Jurada y Acta de Compromiso (en los casos que sea necesario), que debera ser presentado en la mesa de partes de la Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivos conjuntamente con el Recibo de Pago de la Multa Administrativa Liquidada, documento que el area de tramite remitira en el dia. Los administrados que no han regularizado o iniciado el tramite para la obtencion de la autorizacion municipal o lo que corresponda conforme a lo establecido en el MORDAZA y sus modificatorias, de la infraccion incurrida, podran acogerse a los beneficios dispuestos en el Articulo 2º de la presente Ordenanza, durante la vigencia de la misma, presentando su Solicitud ­ Declaracion Jurada y suscribiendo un Acta de Compromiso para subsanacion en un plazo no mayor de 30 dias, desde la fecha de MORDAZA de acogimiento al beneficio descrito, plazo MORDAZA en que debera cumplir con presentar la MORDAZA del respectivo tramite de autorizacion municipal ante la Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones, en caso contrario al vencimiento del plazo otorgado se MORDAZA por denegado la peticion de acogimiento al beneficio de la presente Ordenanza y el reinicio del cobro de la Multa Administrativa impuesta y/o la continuacion del MORDAZA sancionador y/o coactivo, sin derecho a reclamo alguno o la devolucion del pago efectuado. Articulo 5°.- Extincion de Multas Administrativas Las multas administrativas canceladas en aplicacion de la presente Ordenanza, se declararan extinguidas en la via ordinaria o coactiva, mediante Resolucion de la Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones y/o Ejecutoria Coactiva, respectivamente. Articulo 6°.- Desistimiento Los administrados que se acojan al beneficio dispuesto en la presente Ordenanza, con la sola MORDAZA de la Solicitud ­ Declaracion Jurada, establecida en el articulo precedente, se les tendra por desistidos de los recursos administrativos pendientes de pronunciamiento de parte de esta Administracion o hayan iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante otras instancias administrativas o judiciales por las sanciones y/o notificaciones impuestas, remitiendose al archivo definitivo correspondiente. No seran sujeto de devolucion los montos parciales o totales pagados por las Multas Administrativas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, asi como de los Administrados que incumplan las Actas de Compromiso suscritas. Articulo 7°.- Vigencia del Beneficio Administrativo establecido en la presente Ordenanza El presente Beneficio de Exoneracion y Rebaja de Multas Administrativas prevista en la presente Ordenanza, estara vigente a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de Octubre de 2014, pudiendo ser ampliada mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 8°.- Facultades del MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o

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