Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

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de MORDAZA MORDAZA MORDAZA " Yo Reciclo" en funcion del instructivo MINAM 2014. Que, mediante informe Legal Nº 042-2014-OAJMSMM de fecha 25 de MORDAZA de 2014 de la oficina de Asesoria Juridica, opina la procedencia de la aprobacion de la implementacion del Programa de Segregacion en la fuente de Residuos Solidos domiciliarios en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el ano 2014. DECRETA Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregacion en la fuente y Recoleccion Selectiva de residuos solidos" en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA que se implementara en las zonas de Balneario y MORDAZA MORDAZA durante el ano 2014 en todo el ambito del distrito. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Servicios Publicos el cumplimiento de la presente disposicion municipal, disponiendo las acciones que correspondan. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la oficina de Planeamiento y Presupuesto en coordinacion con la Direccion de Servicios Publicos, requerir de una partida presupuestal municipal, con el objetivo de atender la sostenibilidad del Programa y su ejecucion en las zonas del distrito durante el ano 2014. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RODA SCHEUCH DE MORDAZA Alcaldesa 1123346-1

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 042-2014-OAJ-MSMM de fecha 25 de MORDAZA de 2014 de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº033-2014/DSP/MSMM de fecha 25 de MORDAZA de 2014, de la Direccion de Servicios Publicos, la Ordenanza Municipal Nº 204-2012-MSMM de fecha 18 de MORDAZA del 2014 que aprueba " El Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Mar" y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos se desarrollen e interrelacionan de manera natural y armonica; Que, el articulo 73 de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades-, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones senaladas en el capitulo II del presente titulo, con caracter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud. Que, el articulo 1º, titulo preliminar, Ley General del Ambiente Nº 28611 se establece la Gestion de los residuos solidos de origen domestico, comercial o que siendo de origen distinto presentan caracteristicas similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Asimismo, por ley se establece el regimen de gestion y manejo de los residuos solidos municipales; en el Art. 119º.1 de la misma ley se dispone que "Las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones que directa o indirectamente generen un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion, segregacion de materiales en la fuente para su aprovechamiento...". Que, el articulo 80º de la Ley Organica de Municipales ­ Ley 27972 establece, que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el promover el servicio de limpieza publica, determinado las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, mediante la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 en el articulo 11º, numeral 12 dispone implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y la recoleccion selectiva de los residuos solidos en todo el ambito de su jurisdiccion, facilitando su aprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada. Las Municipalidades distritales y provinciales..." Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobo la Politica Nacional de Ambiente, prescribe en el Eje de Politica, 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Solidos, como un Lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Asimismo de acuerdo al instructivo MINAM la implementacion del Programa de Segregacion se aprueba mediante el Decreto de Alcaldia; Que, mediante informe Nº 033-2014/DSP-MSMM de fecha 25 de MORDAZA de 2014 la Direccion de Servicios Publicos solicita emitir el Decreto de Alcaldia de Implementacion del Programa de Segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de Residuos Solidos domiciliarios en el distrito

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Azerbaiyan sobre Supresion de Visas para Titulares de Pasaportes Diplomaticos y de Servicio/ Especiales
(Ratificado por Decreto Supremo Nº 026-2014-RE del 13 de junio de 2014) ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE AZERBAIYAN SOBRE SUPRESION DE VISAS PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS Y DE SERVICIO / ESPECIALES El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Azerbaiyan, de aqui en adelante denominados las "Partes", Esperanzados en promover el desarrollo de las relaciones amistosas entre ambos paises, y Deseosos de facilitar el ingreso, la salida y el MORDAZA de los nacionales de la Republica de Azerbaiyan y de los nacionales de la Republica del Peru, titulares de pasaportes diplomaticos o de servicio/especiales, Han acordado lo siguiente: Articulo 1 1. Los nacionales de la Republica de Azerbaiyan titulares de pasaportes diplomaticos o de servicio validos podran ingresar reiteradamente, sin necesidad de cumplir con el requisito de solicitar visa, al territorio de la Republica del Peru y permanecer en el por un espacio de tiempo que

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