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El Peruano Sábado 16 de agosto de 2014 530146 originado cambios en la estructura orgánica, funciones y competencias, habiéndose creado cargos previstos para la implementación a la nueva situación política en materia de descentralización, que propugna un impulso dinámico al proceso de descentralización; Que, mediante Informe Nº 006-2014-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB, de fecha 07 de marzo del 2014, Informe Técnico dirigido a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, referente a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud Huánuco, contiene los cargos clasifi cados de la entidad, en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF por reordenamiento de cargos que conllevará a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP, por motivos que deberán asumir y desarrollar funciones por efecto del proceso de transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización, por lo tanto deberán estar preparados con el personal idóneo y poder asumir con éxito las funciones; Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, lnc.”a”, de la Ley Nº 27867 que señala Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su función normativa, aprobar los documentos de gestión de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial Y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - HUÁNUCO. Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud Huánuco, Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional Huánuco, con la implementación de ciento trece (113) cargos presupuestados y la habilitación de ochenticinco (85) cargos previstos en las diferentes Unidades Orgánicas creadas, haciendo un total de ciento noventiocho (198) cargos de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional por los considerandos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Salud Huánuco, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Artículo Tercero,- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 26 días del mes de mayo del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 6 días del mes de junio del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente Gobierno Regional Huánuco 1123370-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican el D.A. Nº 014, respecto a las fechas de inscripción para participar en el Matrimonio Civil Comunitario 2014 DECRETO DE ALCALDÍA N° 025 Ate, 15 de agosto de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Decreto de Alcaldía N° 014 de fecha 04 de junio de 2014, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 014 de fecha 04 de junio de 2014, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 07 de junio del presente año, se autorizó la realización del Matrimonio Civil Comunitario por el 193° Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate; asimismo, en su Art. 2° se establece como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por pareja; indicando los requisitos exigibles; en su Art. 3° se dispensa la publicación de los Avisos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo señalado por el Art. 252° del Código Civil y en su Art. 4° se señala el cronograma de inscripción y se indica como fecha de Celebración del Matrimonio Civil Comunitario, el día domingo 31 de Agosto de 2014, a horas 12:00 del mediodía en las instalaciones del Restaurant Turístico CASA REAL - Santa Clara del Distrito de Ate; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1°.- MODIFICAR; el artículo 4° del Decreto de Alcaldía N° 014 de fecha 04 de junio de 2014, respecto a las fechas de Inscripción para participar del Matrimonio