Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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anchas y techos con forma de boveda, dejandose de lado la costumbre europea de techo a dos aguas que no ofrecia MORDAZA resistencia a movimientos teluricos. En la actualidad, puede encontrarse la tipica casona arequipena hecha de sillar que se ha mantenido intacta en la MORDAZA monumental de la MORDAZA y en ciertos distritos rurales tradicionales, siendo los conocimientos en construccion con sillar un patrimonio vivo. De esta manera, gran parte del valor arquitectonico de MORDAZA y de su conjunto urbanistico se debe al sillar, de ahi ademas su apelativo de "ciudad blanca"; Que, los maestros canteros son experimentados trabajadores que manipulan y transforman esta materia con gran destreza. Ellos primero realizan la extraccion de los bloques, con particulares tecnicas de desprendimiento, posteriormente los fraccionan y finalmente se encargan de labrarlos por sus seis caras. El conocimiento y uso desde hace cientos de anos de una diversidad de instrumentos -de medida, de tallado, de corte, de acabado, de detalle- permitio desarrollar las tecnicas artesanales de canteria. Actualmente, a los maestros canteros se les conoce como "cortadores" de sillar y sus saberes ancestrales de cortado y labrado de esta MORDAZA han sido transmitidos de generacion en generacion, siendo ademas esta actividad la que sostiene y ha sostenido a sus familias por decadas. Se trata de un oficio y conocimientos centrales relacionados a la historia de MORDAZA, que han contribuido significativamente a la construccion y reconstruccion de la MORDAZA, asi como a su identidad y su conservacion; Que, actualmente existen 18 sectores de canteras de sillar en la region Arequipa. En estas canteras laboran aproximadamente 500 cortadores, cuyas edades fluctuan entre los 21 y los 80 anos, siendo personas que realizan una labor compleja y exigente MORDAZA las condiciones de las canteras, como son el intenso calor, el reflejo de los rayos solares, la inhalacion del polvo, las caidas y los esporadicos derrumbes; Que, el espacio de las canteras se encuentra hoy en dia amenazado por las invasiones y el crecimiento no planificado de la MORDAZA, por los residuos de relaves vertidos en las quebradas y por las concesiones privadas de las canteras. Toda esta problematica pone en peligro el espacio de trabajo de los cortadores de sillar y, a su vez, la continuidad de una tradicion que es generadora de empleo y de ingresos para ellos y sus familias; Que, actualmente el sillar extraido es vendido por los cortadores principalmente a los transportistas quienes, a su vez, lo venden para diversos usos como la construccion de cercos de viviendas y de terrenos agricolas, y, la reconstruccion y restauracion de edificaciones y monumentos del centro historico de Arequipa. Asimismo, se le da un uso ornamental en construcciones modernas y, con los residuos del labrado, se elaboran artesanias y esculturas; Que, los conocimientos, saberes y practicas relacionados a la extraccion y el labrado de sillar constituyen una tradicion con un importante valor historico que ha aportado significativamente al rostro de la MORDAZA de Arequipa. A lo largo de los anos, la labor de canteros, talladores, artesanos, matematicos, arquitectos y artistas, todos parte del capital humano local, ha quedado impregnada en MORDAZA MORDAZA al manejo particular de un material propio del lugar y que es simbolo y emblema de la identidad arquitectonica de la ciudad. Salvaguardar los conocimientos, saberes y tecnicas de extraccion y labrado del sillar es central en la preservacion del centro historico de MORDAZA y de sus monumentos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, el Informe N° 313-2014-DPI-DGPC/ MC forma parte de la presente Resolucion desde que detalla las caracteristicas, importancia, valor y alcance de las tecnicas artesanales de extraccion y labrado del sillar; Con el visado de la Directora General (e) de la Direccion General de Patrimonio Cultural, de la Directora (e) de la Direccion de Patrimonio Inmaterial, y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - Ley Nº 28296, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura - Ley Nº 29565, el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, y la Directiva Nº 001-2011MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011/MC, y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011/MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Conocimientos, saberes y tecnicas artesanales de extraccion y labrado del sillar de MORDAZA, por constituir un conjunto de tradiciones muy antiguas, transmitido de generacion en generacion, que ha aportado significativamente

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

al desarrollo arquitectonico de la capital y de diversos pueblos del departamento de MORDAZA, otorgandole a esta region un importante y particular sello que la distigue. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la difusion del Informe Nº 313-2014-DPI-DGPC/MC y la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Articulo 3°.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 313-2014-DPI-DGPC/MC al Centro de Investigacion, Educacion y Desarrollo de MORDAZA y a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para incrementar las coberturas de intervencion efectiva orientadas a reducir la desnutricion cronica infantil en el MORDAZA de las politicas de desarrollo e inclusion social
DECRETO SUPREMO Nº 243-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo de la Octogesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza por unica vez, al Ministerio de Salud a efectuar, durante el Ano Fiscal 2014, modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, hasta por el monto de CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 58 799 606,00), con cargo a los recursos autorizados para proyectos de inversion en la generica de gasto 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros de su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con el fin de destinarlos a incrementar las coberturas de intervencion efectiva orientadas a reducir la desnutricion cronica infantil, en el MORDAZA de las politicas de desarrollo e inclusion social; Que, para tal efecto, la citada Disposicion Complementaria Final, exonera al Ministerio de Salud de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y lo autoriza a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Seguro Integral de Salud y de los gobiernos regionales correspondientes, las mismas que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economia y Finanzas y el ministro de Salud, a solicitud de este ultimo; asimismo, establece que para la aplicacion de lo establecido en la citada disposicion complementaria final se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 258-2014/ MINSA, el Ministerio de Salud aprueba el Plan Nacional para la Reduccion de la Desnutricion Cronica Infantil y la Prevencion de la Anemia en el MORDAZA, periodo 2014 ­ 2016; Que, en aplicacion a la Octogesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, mediante las Resoluciones Secretariales Nºs. 201, 259, 271 y 317-2014/ MINSA, el Ministerio de Salud aprueba las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, con cargo a los recursos autorizados para proyectos de inversion en la generica de gasto 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros de su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

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