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El Peruano Miércoles 20 de agosto de 2014 530393 Visto; el Ofi cio N° 528-2014-INPE/01 de fecha 1 de agosto de 2014 del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 024-2001-JUS se aprobó el Reglamento del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao (CEREC), el cual norma el régimen de vida y tratamiento de los jefes o dirigentes principales de las organizaciones delictivas que se encuentren procesados o sentenciados por delitos de terrorismo, traición a la patria, contra la administración pública, tráfi co ilícito de drogas o delitos contra la humanidad y que, por razones fundadas de seguridad nacional, han sido internados en el referido Centro de Reclusión; Que, el artículo 40° del referido Reglamento constituye un Comité Técnico encargado de supervisar su aplicación, absolver las consultas que le formule el Comando Superior o el Jefe del CEREC, emitir recomendaciones y otras funciones que se le asigne; asimismo, el artículo 41° señala que el referido Comité Técnico se encuentra integrado, entre otros miembros, por el Ministro del Interior o su representante; Que, mediante Resolución Ministerial N° 77-2014-IN de fecha 28 de enero de 2014, se designó al economista Gustavo Manuel Céspedes Garay, entonces Director General para la Seguridad Democrática del Ministerio del Interior, como representante del Ministro del Interior ante el Comité Técnico del CEREC; Que, la referida persona ha dejado de prestar servicios en el Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario dar por concluida su designación y designar a un nuevo representante del Ministro del Interior ante el Comité Técnico del CEREC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y, el Decreto Supremo N° 024-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del economista Gustavo Manuel Céspedes Garay como representante del Ministro del Interior ante el Comité Técnico del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao – CEREC. Artículo 2°.- Designar al señor Gastón Roger Remy Llacsa, Director General de la Dirección General para la Seguridad Democrática del Viceministerio de Orden Interno, como representante del Ministro del Interior ante el Comité Técnico del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao – CEREC. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Presidente del Consejo Nacional Penitenciario y al funcionario designado, para los fi nes pertinentes Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1125505-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban transferencia financiera a favor de 31 Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, destinada al pago de remuneraciones y pensiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2014-MIMP Lima, 15 de agosto de 2014 Vistos, la Nota Nº 400-2014-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 199-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, el Memorando Nº 466-2014-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 384-2014-MIMP/ OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones y la Nota Nº 747-2014-MIMP/OGA de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo y abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; norma que a través de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la forma y plazo en el que las Sociedades de Benefi cencia Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas continuará transfi riendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, la cual establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros; Que, a través del artículo 12 de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de su competencia, para el pago de remuneraciones y pensiones; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012- MIMP, señala que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias, para la reinserción familiar de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Benefi cencia Pública y los referidos a Personas Adultas Mayores y sus derechos; así como normar, diseñar, promover, coordinar y supervisar el servicio de voluntariado; Que, en mérito a lo señalado, mediante Nota Nº 400- 2014-MIMP/DGFC del 1 de agosto de 2014, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en atención al Informe Nº 199-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, ha solicitado la transferencia de recursos fi nancieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO Y 61/100 NUEVOS SOLES (S/. 477 761,61), para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de agosto del 2014; Que, con Memorando Nº 466-2014-MIMP/OGPP del 5 de agosto de 2014, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 384-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones, a través del cual emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones correspondientes al mes de agosto de 2014, por lo queotorga la disponibilidad presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO Y 61/100 NUEVOS