Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (20/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Miércoles 20 de agosto de 2014 530403 Vista: La renuncia presentada por el señor César Augusto Calmet Delgado, el 8 de agosto de 2014 al cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico constituyéndose como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el referido cuerpo legal establece que el máximo órgano del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN es el Consejo Directivo presidido por un representante del Presidente de la República; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, estableciéndose dentro de la estructura orgánica al Presidente del Consejo Directivo como el responsable de ejercer la dirección y representación legal del CEPLAN así como la titularidad del Pliego entre otras funciones, por lo que los documentos de gestión disponen el acompañamiento de asesores para el ejercicio del cargo; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 10-2014/CEPLAN/PCD de fecha 30 de enero de 2014 se designó al señor César Augusto Calmet Delgado como Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, el citado funcionario ha presentado la renuncia al cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, comunicando que el día 13 de agosto de 2014 será su último día de labores, para cuyo efecto solicitó que se le exonere del plazo de preaviso de ley; Que, es conveniente aceptar la referida renuncia en los términos solicitados; Con el visado del Director Ejecutivo y el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del CEPLAN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1088 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046- 2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia formulada por el señor César Augusto CALMET DELGADO, como Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, a partir del 14 de agosto de 2014. Artículo 2º.- DAR las gracias el señor César Augusto CALMET DELGADO por los importantes servicios brindados al Estado en el cumplimiento de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. ANDERSON Presidente Consejo Directivo Centro Nacional de Planeamiento Estratégico 1125402-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA SUNAT Nº 080-024- 0000308-2014-SUNAT/6I000 Piura, 13 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION