Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 54 de la Constitucion Politica del Peru establece que el dominio maritimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, asi como su lecho y subsuelo, desde las lineas de base que establece la ley; Que, en cumplimiento de la referida MORDAZA constitucional y de conformidad con el derecho internacional, se expidio la Ley N° 28621, Ley de Lineas de Base del Dominio Maritimo del Peru; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2007-RE se aprobo la Carta que grafica el limite exterior -sector sur- del dominio maritimo del Peru, trazado de conformidad con lo dispuesto en los articulos 4 y 5 de la Ley N° 28621 y el derecho internacional; Que, a traves del fallo de la Corte Internacional de Justicia, del 27 de enero de 2014, se establecio el limite maritimo entre la Republica del Peru y la Republica de Chile; Que, en cumplimiento del mandato contenido en el fallo de la Corte Internacional de Justicia, tecnicos del Peru y de MORDAZA realizaron trabajos conjuntos para la determinacion de las coordenadas precisas correspondientes al curso del limite maritimo establecido en la sentencia. Que, el 25 de marzo de 2014, la Directora Nacional de Fronteras y Limites del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores de MORDAZA y el Director General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru suscribieron el "Acta de los trabajos conjuntos de MORDAZA y de gabinete correspondientes a la medicion de los puntos del limite maritimo entre el Peru y MORDAZA conforme al Fallo de la Corte Internacional de Justicia", donde constan las coordenadas geograficas precisas del punto de inicio de la frontera maritima (PIFM), las de los puntos de base contribuyentes de las costas de MORDAZA y del Peru, las de los puntos intermedios de la linea equidistante A-B y las de los puntos A, B y C, asi como las representaciones cartograficas de tal frontera maritima en virtud de lo establecido en la referida sentencia de la Corte Internacional de Justicia. Que, como consecuencia de la sentencia y de los trabajos tecnicos mencionados, ha sido dictada la Ley N° 30223, Ley que adecua la Ley 28621, Ley de Lineas de Base del Dominio Maritimo del Peru, segun la delimitacion maritima entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, realizada por el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 27 de enero de 2014. Que, en virtud de la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30223, el Poder Ejecutivo queda encargado de adecuar la cartografia de las aguas interiores y del dominio maritimo del Peru a las disposiciones de dicha ley; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 3) del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobar la Carta anexa que sustituye a la Carta que grafica el limite exterior -sector sur- del dominio maritimo del Peru, aprobada mediante Decreto Supremo N° 047-2007-RE. Articulo 2.- El presente Decreto Supremo se circunscribe estrictamente a aprobar la Carta que sustituye la Carta que grafica el limite exterior -sector sur- del dominio maritimo del Peru, sin afectar de modo alguno la intangibilidad de la frontera terrestre ni del inicio de esta en el Punto MORDAZA, que se mantiene inalterable, en virtud de lo establecido en el Tratado de MORDAZA entre el Peru y MORDAZA, de fecha 3 de junio de 1929, su Protocolo Complementario y los trabajos de la Comision Mixta de Limites de 1929 y 1930. Articulo 3.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

efectuo el estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA, determinando que el costo de contratacion requerida por la DGSF asciende a la suma de S/. 567,000.00 (Quinientos sesenta y siete mil y 00/100 nuevos soles) y que el unico inmueble que cumple con las caracteristicas de los terminos de referencia es el ubicado en Av. MORDAZA Carriquirry Maurer Nº 222, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA Zenteno y su esposa MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorgo la certificacion presupuestal para la contratacion del mencionado servicio de alquiler, conforme al Memorando Nº 1999-PRODUCE/OP y la Certificacion de Credito Presupuestario Nota Nº 00000002803, del 11 de agosto del 2014; Que, sobre la base de las caracteristicas del servicio requerido, contenidas en el Informe Nº 350-2014PRODUCE/OI-mmelgarejo, y el Informe Nº 002-2014PRODUCE/OGA/LOG-END, que contiene el estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA y el analisis efectuado en el Informe Nº 020-2014-PRODUCE/OGAJ/pwadsworth, se ha verificado que el supuesto se adecua a la causal de exoneracion prevista en el literal e) del articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado; Con las visaciones de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificado por Ley Nº 29873 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; el Decreto Supremo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de proveedor unico de servicios que no admiten sustitutos, para la contratacion del servicio de alquiler del inmueble ubicado en Av. MORDAZA Carriquirry Maurer Nº 222, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA Zenteno y su esposa MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sanchez. Articulo 2.- AUTORIZAR a la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion para que realice la contratacion directa del proveedor senores MORDAZA MORDAZA Zenteno y su esposa MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por un valor referencial de S/. 567,000.00 (Quinientos sesenta y siete mil y 00/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio de la Produccion. Articulo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Logistica efectue la publicacion de la presente resolucion y las resoluciones que la sustentan, conforme a lo senalado en el articulo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion

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RELACIONES EXTERIORES
Aprueban la Carta anexa que sustituye a la Carta que grafica el limite exterior - sector sur - del dominio maritimo del Peru, aprobada mediante Decreto Supremo N° 047-2007-RE
DECRETO SUPREMO N° 035-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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