Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

por las Resoluciones Directorales Nros. 013-2008-EF/77.15 y 063-2012-EF/52.03 y sus modificatorias, contempla, entre otros aspectos, un procedimiento para que las Asignaciones Financieras autorizadas por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP), con cargo a los citados fondos, a favor de una Unidad Ejecutora del Gobierno Nacional o del Gobierno Regional, pueda ser redistribuida a favor de otras Unidades Ejecutoras del mismo pliego presupuestal que requieran ejecutar gastos utilizando dichos fondos; Que, la implementacion de normas legales expresas que autoricen Transferencias de Partidas requiere el traslado de la disponibilidad de los fondos centralizados en la Cuenta Unica del Tesoro Publico (CUT), por lo que resulta pertinente hacer extensivo el procedimiento a que se contrae el parrafo precedente, de manera que dicha redistribucion pueda efectuarse a favor de Unidades Ejecutoras de otros pliegos presupuestales y/o Municipalidades, lo cual es concordante con el Articulo IV, MORDAZA de Oportunidad, del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2012-EF, referido a la disposicion de los fondos publicos en el momento y lugar en que se requiera proceder a su utilizacion; Que, de conformidad con el literal j) del articulo 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2012-EF, el numeral 2 del articulo 47º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, modificada por el Decreto Legislativo Nº 325 y el literal i) del articulo 96º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 117 2014 EF y, estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificacion de los articulos 3° y 4° de la Resolucion Directoral N° 051-2014-EF/52.03 Modifiquense los articulos 3° y 4° de la Resolucion Directoral N° 051-2014-EF/52.03, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 3.- Validacion del registro de la informacion La informacion senalada en los literales a) y b) del articulo 1° de la presente Resolucion Directoral, en lo correspondiente a cada uno de los beneficiarios, es validada respecto de lo siguiente: - MORDAZA y numero del documento de identidad. - Montos y conceptos de pago que se realizan de manera continua o regular." "Articulo 4°.- Del mecanismo procesamiento del Gasto Girado de alertas y el

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Modifican R.D. Nº 051-2014-EF/52.03, que establecio disposiciones para efectos de registro del Gasto Devengado de remuneraciones, pensiones, CAS y similares por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 069-2014-EF/52.03
MORDAZA, 18 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral N° 051-2014EF/52.03, se establecio un MORDAZA de validacion entre la informacion que registran las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico" (Aplicativo Informatico) y en el Modulo de Registro de Planillas del Sector Publico (MCPP), respecto del documento de identidad, con el fin de contribuir con el objetivo de asegurar una completa y permanente actualizacion del Aplicativo Informatico, a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos; Que, a fin de consolidar el MORDAZA de actualizacion del registro de la informacion en el Aplicativo Informatico, en coordinacion con la indicada Direccion General se ha estimado conveniente establecer que la validacion referida en el parrafo precedente, adicionalmente al documento de identidad, comprenda tambien la informacion de los montos netos y los conceptos de pago remunerativos, pensionarios, Contrato de Administracion de Servicios (CAS) y similares; asimismo, para asegurar el oportuno pago de los indicados conceptos, resulta necesario optimizar las condiciones en el MORDAZA de dicha validacion a traves de un mecanismo de alertas implementado en el SIAF-SP, asi como fijar un MORDAZA plazo que condicione el procesamiento del Gasto Girado al registro del documento de identidad en el Aplicativo Informatico, por lo que resulta necesario modificar los articulos 3° y 4° de la citada Resolucion Directoral; Que, de otro lado, la centralizacion de los fondos de MORDAZA de financiamiento diferentes de Recursos Ordinarios en la Cuenta Unica del Tesoro Pubico, regulada

4.1 A partir de octubre y hasta diciembre del presente Ano Fiscal, en el momento que las Unidades Ejecutoras registren el MORDAZA y numero de documento de identidad en el MCPP, se activara un mecanismo de alertas a traves del cual se les MORDAZA de conocimiento los casos de los beneficiarios cuyos documentos de identidad no se encuentren registrados en el Aplicativo Informatico asi como las posibles inconsistencias en cuanto a los montos y conceptos de pago referidos en el articulo 3° de la presente Resolucion Directoral. Los mencionados casos seran materia de evaluacion respecto a la pertinencia del registro de la informacion correspondiente en el Aplicativo Informatico a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos, sobre la base de la sustentacion que formulen las Unidades Ejecutoras conforme a la normatividad vigente. 4.2 Durante el periodo indicado en el numeral 4.1 precedente, los registros del Gasto Girado para el pago de los conceptos senalados en el articulo 1° de la presente Resolucion Directoral seran procesados en el SIAFSP, inclusive los casos en que se MORDAZA producido las comunicaciones a traves del citado mecanismo de alertas. 4.3 A partir de enero de 2015, los registros del Gasto Girado en mencion seran procesados en el SIAF-SP, solo en los casos de beneficiarios cuyos documentos de identidad consignados en el MCPP se encuentren debidamente registrados en el Aplicativo Informatico." Articulo 2°.- Redistribucion de la Asignacion Financiera entre Pliegos El procedimiento de redistribucion a que se refiere el numeral 2.2 del Articulo 2° de la Resolucion Directoral N°

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