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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (21/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014 530535 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; Que, el artículo 12° del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 030- 2014-SERVIR-PE, la señora Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles fue asignada al cargo de Director/a Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención Especializada en Cirugía del Niño y del Adolescente del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud; Que, de acuerdo al Informe de visto, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública informa que la Gerente Público Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles, con posterioridad a la publicación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 030-2014-SERVIR-PE, el Ministerio de Salud no concretó la designación y fi rma del Convenio respectivo, por el contrario la citada gerente ha sido designada por el referido Ministerio en el cargo de Directora del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, mas no como Gerente Público, por lo que es necesario revocar la asignación de la mencionada Gerente Público contenida en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 030-2014-SERVIR-PE antes señalada; Que, la asignación de los gerentes públicos a un cargo, solicitada por una entidad receptora constituye un acto previo para que las mencionadas entidades, SERVIR y el Gerente Público suscriban el correspondiente Convenio de Asignación, así como para habilitar a las entidades receptoras a emitir la correspondiente resolución designando al Gerente Público en el respectivo cargo y asumir por tanto el mismo; Que, la no emisión y suscripción de los mencionados documentos posteriores a la asignación genera que la Gerente Público no pueda asumir el cargo para el cual fue asignada en su condición de Gerente Público ni ser considerada para otras posiciones; Que, el numeral 203.2.3 del artículo 203 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente, cabe la revocación de actos administrativos, con efectos a futuro, cuando apreciando elementos de juicio sobrevinientes se favorezca legalmente a los destinatarios del acto y siempre que no se genere perjuicios a terceros; Que, el Consejo Directivo en su sesión N° 025-2014 aprobó revocar el acuerdo adoptado en la sesión N° 055-2013 del Consejo Directivo, por el cual se asigna a la Gerente Público Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles al cargo de Director/a Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención Especializada en Cirugía del Niño y del Adolescente del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, y dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 030- 2014-SERVIR-PE de asignación respectiva con efi cacia a partir del 10 de julio de 2014, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la resolución que formalice dicho acuerdo; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y modifi catorias, y en uso de las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar el acuerdo adoptado en la sesión N° 025-2014 del Consejo Directivo, mediante el cual se revoca la asignación de la Gerente Público Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles al cargo de Director/ a Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención Especializada en Cirugía del Niño y del Adolescente del Instituto Nacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud, y en consecuencia dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 030- 2014-SERVIR-PE, con efi cacia a partir del 10 de julio de 2014. Artículo Segundo.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1126078-2 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre juegos mecánicos, café pergamino, pota congelada y otras RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 80-2014/CNB-INDECOPI Lima, 7 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Juegos mecánicos, b) Café, c) Pescados, mariscos y productos derivados, d) Bebidas alcohólicas vitivinícolas, e) Políticas del Consumidor, f) Productos forestales maderables transformados y Mejores Prácticas Logísticas g) Aceites, h) Industria de la pintura y el color i) Productos forestales maderables transformados, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;