Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2014 (29/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Que, mediante Ordenanza Nº 521-MSB, se formaliza la creacion de la O cina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad de la Municipalidad de San MORDAZA OMAPED, publicado en el Diario O cial El Peruano, con fecha 27 de febrero de 2014; Que, asimismo la Ley Nº 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad, en su capitulo X sobre O cinas en los ambitos Regional y Local dispone en el articulo 70º las condiciones previas que deben de cumplirse para el funcionamiento de la OMAPED y sus funciones; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 024-2014-MSBGM-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe Legal Nº 447-2014-MSB-GM- GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, mani estan que el proyecto de modi cacion recoge las funciones establecidas en la Ley Nº 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad, y precisan que resulta necesaria la modi cacion del mencionado instrumento respecto a las funciones de las OMAPED; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 521-MSB, QUE FORMALIZO LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA - OMAPED Articulo Primero.- INCORPORESE un articulo a la Ordenanza Nº 521-MSB, que formalizo la creacion de la O cina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad de la Municipalidad de San MORDAZA ­ OMAPED, el mismo que tendra el siguiente texto: Articulo 5º.- La O cina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad (OMAPED) tiene las siguientes funciones: a) Promover y proponer que, en la formulacion, el planeamiento y la ejecucion de las politicas y los programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. b) Coordinar, supervisar y evaluar las politicas y programas locales sobre cuestiones relativas a la discapacidad. c) Participar de la formulacion y aprobacion del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para la implementacion de politicas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. d) Promover y ejecutar campanas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la sociedad para con ella. e) Difundir informacion sobre cuestiones relacionadas a la discapacidad, incluida informacion actualizada acerca de los programas y servicios disponibles para la persona con discapacidad y su familia. f) Administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ambito de su jurisdiccion, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. g) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley en el ambito de su competencia y denunciar su incumplimiento ante el organo administrativo competente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, realizar las acciones administrativas del caso a n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1130153-1

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014

Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 516-MSB, mediante la cual se aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria a contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2014-MSB-A San MORDAZA, 28 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA, VISTOS, el Informe Nº 114-2014-MSB/GR/URT de la Unidad de Recaudacion Tributaria, el Informe Nº 662014-MSB/GR de la Gerencia de Rentas de fecha 18 de agosto de 2014, el Informe Nº 453-2014-MSB-GMGAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 22 de agosto de 2014, el Memorando Nº 956-2014-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 26 de agosto de 2014, respectivamente; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en uso de sus facultades legales, el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza Nº 516-MSB, publicada en el diario o cial El Peruano con fecha 03 de diciembre de 2013, otorgando el Bene cio de Regularizacion Tributaria a los contribuyentes del distrito, cuyo plazo de vencimiento fue el 28 de diciembre de 2013; Que, en la Tercera Disposicion Final, la Ordenanza en referencia, otorga facultad al senor MORDAZA para prorrogar el referido plazo; Que, mediante Informe Nº 114-2014-MSB-GR-URT, la Unidad de Recaudacion Tributaria, propone prorrogar el bene cio tributario para facilitar el cumplimiento de los contribuyentes que vienen siendo scalizados, y los que tienen la necesidad de sanear su situacion tributaria; Que, mediante Informe Nº 453-2014-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por que se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MSB, al encontrarse sustentada en los fundamentos expuestos por el area tecnica competente, asi como en la normatividad vigente: Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentacion sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de setiembre de 2014, el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 516-MSB. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes en cuanto les corresponda. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario O cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA de Transparencia y el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1130154-1

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