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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (30/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Sábado 30 de agosto de 2014 531363 Que, es de interés del Sector Defensa, autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Señor Coronel FAP Luis Alberto ARÉVALO ÁNGELES, Director de Investigación de Recursos Materiales del Ministerio de Defensa, y del Coronel FAP Javier Martin TUESTA MÁRQUEZ, Director de Investigación y Desarrollo de la Fuerza Aérea del Perú, como miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en el mencionado evento; Que, los gastos de pasajes y hospedaje de los miembros de la Delegación Peruana serán proporcionados por la República Federativa del Brasil, de acuerdo a la carta cursada, por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un CUARENTA POR CIENTO (40%) del que corresponde a la zona geográfi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, de fecha 16 de agosto de 2013, el cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/ SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Señor Coronel FAP Luis Alberto ARÉVALO ÁNGELES, Director de Investigación de Recursos Materiales del Ministerio de Defensa, identifi cado con DNI Nº 43334737; y del Coronel FAP Javier Martin TUESTA MÁRQUEZ, Director de Investigación y Desarrollo de la Fuerza Aérea del Perú, identifi cado con DNI N° 43334581 para que participen en la I Reunión de la actividad 3.b del Plan de Acción 2014 que consiste en “Mantener las actividades del Grupo de trabajo constituido por especialistas con el propósito de presentar el diseño, desarrollo y la producción regional de un sistema de aeronaves no-tripuladas (VANT REGIONAL)”, la cual se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil del 2 al 4 de setiembre de 2014; autorizando su salida del país el 1 y el retorno el 5 de setiembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días x 40% US$ 1,184.00 TOTAL: US$ 1,184.00 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 – 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1131078-3 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Acreditan a representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de distribución descentralizado para la distribución de carpetas para instituciones educativas en la zona geográfica Ayacucho- Apurímac-Huancavelica, adquiridas en el marco del D.U. Nº 058-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2014-MIDIS Lima, 29 de agosto de 2014 VISTO: El Memorando N° 1258-2014-MIDIS/SG/OGA, emitido por la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante la Trigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30056, se dispuso la ampliación, hasta el 31 de diciembre de 2016, de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058- 2011, que dictó medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y