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El Peruano Sábado 30 de agosto de 2014 531380 septiembre de 2014, para que participen en las reuniones de los grupos de negociación del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP) y brindar la asesoría requerida en materias que corresponden al ámbito de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú: • Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Jorge Renato Reyes Tagle, Subdirector de Acuerdos Comerciales de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales – Dirección General para Asuntos Económicos, y • Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Hurtado Vargas, funcionario de la Dirección General de Promoción Económica. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Jorge Renato Reyes Tagle 3 780,00 500,00 10+1 5 500,00 Juan Carlos Hurtado Vargas 3 780,00 500,00 10+1 5 500,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1131032-2 SALUD Aprueban el Documento Técnico “Formulación de la Ración Alimentaria del Programa de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 653-2014/MINSA Lima, 29 de agosto del 2014 Visto el expediente Nº 13-021103-001, que contiene el Ofi cio Nº 1169-2014-JEF/INS del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece las funciones rectoras del Ministerio de Salud y señala entre otras, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el literal h), del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, señala que el Instituto Nacional de Salud tiene a su cargo proponer políticas, planes y normas en investigación y transferencia tecnológica en salud en coordinación con los Institutos Especializados; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 del acotado Reglamento, el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición – CENAN, es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de programar, ejecutar y evaluar las investigaciones y el desarrollo de tecnologías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición humana. Asimismo, conduce el sistema de vigilancia nutricional y es responsable de realizar el control de calidad de alimentos; Que, con el documento del visto, el Instituto Nacional de Salud, remite para su aprobación el proyecto de Documento Técnico cuya fi nalidad es; contribuir a mejorar el estado nutricional y recuperación integral de la persona afectada por tuberculosis, para ser aplicada en el Programa de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis PCA –TBC; Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de Promoción de la Salud, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública y; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: “Formulación de la Ración Alimentaria del Programa de Complementación Alimentaria para la Persona Afectada por Tuberculosis”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Salud a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición – CENAN, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas, la asistencia técnica, así como la difusión y supervisión de lo dispuesto en el citado Documento Técnico. Artículo 3º.- Las DISAs/DIRESAs/GERESAs y el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, son responsables de la implementación, monitoreo y supervisión del Documento Técnico aprobado, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1131072-1 Designan a Ejecutiva Adjunta de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 654-2014/MINSA Lima, 29 de agosto del 2014