Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014

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Que, el Plan Bicentenario: el Peru hacia el 2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, establece como uno de sus programas estrategicos, la estrategia nacional de aplicacion del enfoque ambiental "Instituciones educativas para el desarrollo sostenible", cuyo resultado esperado es desarrollar procesos de educacion ambiental orientados a construir una cultura ambiental que promueva la participacion ciudadana activa e informada como base de la gestion ambiental a nivel local, regional y nacional; Que, el literal e) del articulo 54 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece como funcion de la Direccion de Educacion Comunitaria y Ambiental, el orientar, supervisar, visar y evaluar la aplicacion del enfoque ambiental y comunitario; Que, mediante el Informe Nº 015-2014-MINEDU/ VMGP-DIECA-AEA-YVPV, la referida Direccion sustenta la necesidad de aprobar el instructivo que regule la evaluacion de la aplicacion del enfoque ambiental y reconocimiento de logros ambientales en las instituciones educativas de la educacion basica, educacion superior y educacion tecnico-productiva para el ano 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Instructivo para la Evaluacion de la Aplicacion del Enfoque Ambiental y Reconocimiento de Logros Ambientales en las Instituciones Educativas de la Educacion Basica, Educacion Superior y Educacion Tecnico-Productiva para el ano 2014, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion Articulo 2.- Encargar el cumplimiento del Instructivo aprobado por el articulo precedente a la Direccion de Educacion Comunitaria y Ambiental. Articulo 3.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion Viceministerial y su Anexo, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http:// www.minedu.gob.pe/). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestion Pedagogica 1131042-1

Resolucion Ministerial N° 204-2014-MINEDU, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "1. De la acreditacion de requisitos: 1.1 Los profesores que hayan sido considerados en la relacion de profesores a la que se refiere el numeral 6.6.1, dentro del plazo de ocho (8) dias calendario posteriores a la publicacion de resultados finales, deberan presentar ante la UGEL, los siguientes documentos: a) Declaracion jurada indicando que cumple con los requisitos establecidos en los numerales 5.4.2 y 5.4.3, y el literal d) del articulo 58 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, establecido en el numeral 5.4.5 de la presente norma. b) MORDAZA de la documentacion que acredite que el profesor cuenta con formacion especializada minima de doscientas (200) horas, realizada dentro de los ultimos cinco (5) anos, o estudios de MORDAZA especialidad, o estudios de posgrado, que esten directamente relacionados con las funciones del cargo directivo. (...) 1.5 Excepcionalmente, aquellos profesores que hubiesen presentado un reclamo, a fin de ser considerados en la relacion de profesores a la que se refiere el numeral 6.6.1 de la MORDAZA Tecnica, deberan presentar ante la UGEL, dentro del plazo de ocho (8) dias calendario posteriores a la publicacion de resultados finales, la documentacion senalada en el numeral 1.1 del presente Anexo." Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion Ministerial, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu. gob.pe/). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1131073-1

Aprueban el Instructivo para la Evaluacion de la Aplicacion del Enfoque Ambiental y Reconocimiento de Logros Ambientales en las Instituciones Educativas de la Educacion Basica, Educacion Superior y Educacion Tecnico-Productiva para el ano 2014
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 036-2014-MINEDU MORDAZA, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que la educacion peruana se sustenta, entre otros, en el MORDAZA de la conciencia ambiental, el cual motiva el respeto, cuidado y conservacion del entorno natural como garantia para el desenvolvimiento de la vida; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 127.1 del articulo 127 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la educacion ambiental se convierte en un MORDAZA educativo integral, que se da en toda la MORDAZA del individuo, y que busca generar en este los conocimientos, las actitudes, los valores y las practicas, necesarias para desarrollar sus actividades en forma ambientalmente adecuada, con miras a contribuir al desarrollo sostenible del pais;

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a los Estados Unidos Mexicanos, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 148-2014-IN MORDAZA, 29 de agosto de 2014 VISTO; la carta de invitacion SCA/DCO de fecha 6 de junio de 2014, de la Direccion Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organizacion Internacional de Policia Criminal INTERPOL; y, CONSIDERANDO: Que, con documento del visto, la Direccion Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organizacion Internacional de Policia Criminal INTERPOL se dirige a los Jefes de las Oficinas Centrales Nacionales de las Americas haciendo de conocimiento que, la Secretaria General de INTERPOL junto con la Policia Federal de Mexico, cursan invitacion a fin de que participen en la "Asamblea contra el Crimen

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