Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2014 (31/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 164 661 272,00 ============ 221 302 212,00 ============ En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 40 848 095,00

El Peruano MORDAZA 31 de agosto de 2014

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modi cacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a nes distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y nancieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de veri cacion y seguimiento a que se re MORDAZA el articulo 11 de la Ley N° 30114. Articulo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1131082-1

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 3 737 268,00

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales

0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 160 924 004,00

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales

0108 : Mejoramiento Integral de MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 15 792 845,00 ============ 221 302 212,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 255-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, senala que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo y desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 002-2014, se dictaron medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia economica y nanciera, para estimular la economia nacional; Que, el articulo 2 del Decreto de Urgencia citado en el considerando precedente, autoriza, hasta el 1 de setiembre del 2014, entre otros, al Ministerio de Vivienda,

1.2 Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento MORDAZA y Rural y de Infraestructura Urbana", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario O cial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº

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