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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539350 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan beneficios tributarios y disposiciones aprobadas por Ordenanza Nº 011-2014-MDLP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2014-MDLP-ALC La Perla, 27 de noviembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CONSIDERANDO: El Artículo 194º de la Constitución Política del Estado señala que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, mediante Ordenanza Nº 011-2014-MDLP, se otorgó el Benefi cio Temporal a favor de contribuyentes del distrito que cumplan con regularizar sus obligaciones pendientes de pago por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, multas tributarias y multas administrativas. Que, en el Artículo Décimo Tercero de la Ordenanza Nº 011-2014-MDLP; se delega al Sr. Alcalde las facultades para que, mediante Decreto de Alcaldía, amplíe el plazo de los Benefi cios otorgados en la presente Ordenanza. Que, mediante Memorándum Nº 557-2014-GAT/ MDLP; la Gerencia de Administración Tributaria precisa que los contribuyentes vienen cumpliendo con el pago de sus deudas tributarias aprovechando los Benefi cios Tributarios otorgados por Ordenanza Nº 011-2014-MDLP por lo que consideramos que debe darse oportunidad a los administrados, que aún no se han acogido a dichos benefi cios, por lo cual se recomienda que debe prorrogarse la vigencia de dicha Ordenanza, motivando de esta manera a los vecinos en la cancelación de su Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Que, mediante Informe Nº 395-2014-GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente se apruebe vía Decreto de Alcaldía, la prórroga hasta el 29/12/2014, el vencimiento de los benefi cios tributarios y disposiciones contenida en la Ordenanza Nº 011-2014/MDLP. Que, mediante Informe Nº 0146-2014-GM-MDLP, la Gerencia Municipal remite al Despacho de Alcaldía la documentación antes señalada para la emisión del acto administrativo; Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 29/12/2014, los Benefi cios Tributarios y disposiciones aprobadas por Ordenanza Nº 011-2014-MDLP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y, a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1172521-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN